Miembro Principal Consejo Directivo
Abogada de la Universidad del Rosario, con profundización en Derecho de Gerencia en la Universidad de los Andes. Socia fundadora y Presidente de la firma Palacio Jouve García Abogados S.A.S. Catedrática en Derecho Público y Contratación Estatal en Maestría, Postgrado y Pregrado de las Universidades de los Andes, Rosario y Javeriana. Fundadora y Directora de la Especialización en Contratación Estatal y su Gestión de la Universidad del Rosario. Fundadora de la Maestría en Contratación Pública y su Gestión de la Universidad del Rosario. Autora de varias publicaciones e investigaciones jurídicas especializadas, Conferencista internacional. Árbitro de la Cámara de Comercio de Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga y Cartagena. Amigable Componedora de la Cámara de Comercio de Medellín. Árbitro del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades. Conjuez del Consejo de Estado, Sección Tercera y Sala de Consulta. Distinguida con la condecoración Carlos Lleras Restrepo como árbitro sobresaliente. Ha participado en la estructuración jurídica de varios proyectos de infraestructura, en especial el de Ruta del Sol (Banco Mundial). Destacada como abogada clave en los sectores de proyectos y de Derecho Administrativo, así como ranqueada en banda uno en Resolución de conflictos y los árbitros más demandados según la publicación Chambers and Partners. Destacada también en la Publicación Best Lawyers dentro del sector de Derecho Administrativo.
Se desempeñó como Subgerente Jurídica y Gerente (E) Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá. Coordinadora de la Mesa de Trabajo sobre Democratización de la Economía – Asamblea Nacional Constituyente-. Asesora del Gobierno Nacional para la Reestructuración del Sector de Comunicaciones. Asesora Externa de la Presidencia de la República para el proceso de Modernización y la Estructuración del Estado. Experta de la Misión de Contratación del Departamento Nacional de Planeación. Asesora del Gobierno Nacional para la redacción de la Ley 80 de 1993 -Estatuto General de Contratación Pública-.