CE-SP-EXP2000-NAC10252

PERDIDA DE LA INVESTIDURA – Procedencia tacha de falsedad / TACHA DE FALSEDAD – Procedencia en trámite de pérdida de investidura Se rechazará de plano la tacha de falsedad que propone el demandante, ya que no es ésta la oportunidad procesal para formularla, al tenor de lo establecido por el artículo 289 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al proceso de pérdida de investidura, por no estar ésta contemplada en la Ley 144 de 1994 y ser compatible tal disposición con la naturaleza del proceso y la actuación que corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo. INHABILIDADES – No se sanean por el transcurso del tiempo / PERDIDA DE LA INVESTIDURA – Inhabilidad nacida del parentesco / REGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBLIDADES DE CONGRESISTA – Su violación lleva a la pérdida de la investidura No es cierto, como afirma la Congresista, que la inhabilidad nacida del parentesco, existente antes de hacerse la elección, no puede alegarse como causal de pérdida de la investidura, pues las normas constitucionales citadas en párrafos antecedentes son claras en prescribir que la violación al régimen de incompatibilidades e inhabilidades, llevan a la pérdida de investidura. Darle a dichos preceptos el alcance que pretende el apoderado de la Congresista, llevaría a sanear por el transcurso del tiempo unas inhabilidades que no son subsanables por ningún motivo. NOTA DE RELATORIA: Menciona sentencia AC5397 del 98/01/27 Sala Plena RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL – Delegado Departamental no está investido de autoridad civil / PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONGRESISTA – Improcedencia por cuanto el hermano de la Congresista no estaba investido de autoridad civil / DELEGADO DEPARTAMENTAL DE LA RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL – No está investido de autoridad civil Del análisis de cada uno de las anteriores funciones, como bien lo dice la señora Procuradora Delegada ante esta Corporación y lo alega la Congresista, no puede colegirse que el Delegado Departamental de la Red de Solidaridad del Huila esté investido de autoridad civil, pues tal cargo no tiene atribución de autonomía, nominación y sanción, como sí lo tiene el Gerente General. Para el desempeño de las funciones encomendadas, los Delegados Departamentales de la Red de Solidaridad Social actúan como agentes directos del Gerente General, coordinando, participando y promoviendo las políticas trazadas por éste. Es relevante, además, señalar que dentro de las atribuciones fijadas al cargo de Delegado Departamental de la Red de Solidaridad Social, no fue contemplada el poder de nominación de funcionarios o de ordenación de gasto o sancionatorio, por lo que mal puede estimarse que dichos Delegados Departamentales tengan en el Estado poder de orden, dirección o imposición sobre los ciudadanos, para el cumplimiento de los fines que interesan al ente estatal. Al no estar investido el hermano de la Congresista encartada de autoridad civil, mal puede tener vocación de prosperidad la causal alegada; pues faltando este supuesto, la inhabilidad que consagró el constituyente en aras de la pureza del proceso electoral no puede configurarse. CONDENA EN COSTAS – Improcedencia en acciones públicas / ACCION PUBLICA – No procede condena en costas No se accederá tampoco a la condena en costas, pues al tenor del artículo 171 del Código Contencioso Administrativo ésta no procede tratándose de acciones

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