CE-SEC3-EXP2000-N17250

MEDIDAS CAUTELARES PREVIAS – El auto que las decreta es susceptible del Recurso de Apelación / RECURSO DE APELACION – Procedencia Para la sala resulta claro que el auto recurrido en apelación por el apoderado judicial del municipio de Valencia (Córdoba), es un proveído que decreta medidas cautelares previas, dentro del proceso ejecutivo que contra dicha entidad promovió el Banco Ganadero. De acuerdo con lo anterior la norma aplicable al caso en comento, es el Art. 513 del C.P.C que regula la materia. Dicha norma dispone en su inciso final: “El auto que decrete o niegue las medidas cautelares y el que las revoque por vía de reposición, son apelables en el efecto devolutivo.” Así las cosas, la decisión apelada que ordena el embargo y secuestro de dineros depositados en cuentas bancarias o especiales, es susceptible de las dos instancias aunque haya sido adoptada por medio de un recurso de reposición. Dicho planteamiento se encuentra reforzado con lo establecido en el Art. 352 del C.P.C, el cual al referirse a la oportunidad y requisitos de la alzada estableció en su inciso tercero: “Cuando se acceda a la reposición invocada por una de las partes, la otra podrá apelar el nuevo auto si fuere susceptible de este recurso.” Luego de armonizar los preceptos señalados, se puede deducir que la providencia analizada se encuentra de acuerdo con los términos exigidos por la ley para hacer uso del recurso de apelación, despejando las dudas que al respecto se formulen y por lo tanto se concede. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Consejero Ponente: JESUS MARIA CARRILLO BALLESTEROS Santa Fe de Bogotá, D.C., veintisiete (27) de enero de dos mil (2000) Radicación número: 17250 Actor: BANCO GANADERO (EJECUTIVO) Demandado: MUNICIPIO DE VALENCIA Se decide el recurso de QUEJA interpuesto por el apoderado de la parte demandada para que le sea concedido el recurso de apelación que le fue negado, en contra del auto de 12 de julio de 1.999 proferido por el Tribunal Administrativo de Córdoba dentro del proceso ejecutivo aquí referenciado. Antecedentes En el precitado proveído el Tribunal Administrativo de Córdoba repuso auto anterior para en su lugar decretar el embargo y secuestro de los fondos que existan o existieren en cuentas corrientes o especiales que el municipio de Valencia posea en Bancolombia, Sucursal Montería. Contra dicho

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