CE-SEC2-EXP2000-N2117-98

RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES – Debido a incapacidad sicofísica / AGOTAMIENTO DE LA VIA GUBERNATIVA – Cuando se reclaman prestaciones derivadas del retiro de la entidad En el presente caso, el retiro del demandante fue ordenado por el Comandante de la Armada Nacional, con fundamento en las conclusiones sanitarias de no ser apto para el servicio militar, por incapacidad relativa y permanente. Como en el momento de presentarse la demanda el 25 de marzo de 1992, la administración no se había pronunciado respecto de las prestaciones sociales derivadas del estado sanitario del demandante, ya que esto ocurrió solo hasta el 13 de julio de 1993, en que se expidió la Resolución 07577, al actor le correspondía antes de presentar la demanda, elevar petición en ese sentido, para que por silencio administrativo negativo o por acto expreso pudiera agotarse la vía gubernativa y proceder en conformidad. Pero, lo que no puede aceptarse como agotamiento de la vía gubernativa, respecto de la pensión de invalidez, indemnización y cesantía reclamadas, es la expedición del acto de retiro del actor, como este lo pretende en el alegato de sustentación del recurso de apelación, precisamente porque aquel no discute su situación de retiro, sino su derecho a prestaciones derivadas, no del acto proferido por el Comandante de la Armada Nacional que lo desvinculó, sino de la incapacidad laboral que padece. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA – SUBSECCION “A” Consejero ponente: NICOLAS PAJARO PEÑARANDA Santa Fe de Bogotá D.C., ocho (8) de junio de dos mil (2000). Radicación número: 2117-98 Actor: VICTOR JULIO CHACON GARCIA Demandado: MINISTERIO DE DEFENSA Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por el actor Víctor Julio Chacón García contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 8 de mayo de 1998, que declaró no agotada la vía gubernativa en relación con la acusación de nulidad de las actas de Junta Médico Científico Provisional número 063 del 8 de octubre de 1991 y Junta Médico Laboral Militar 017 del 20 de marzo de 1991. Antecedentes:

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