CE-SEC2-EXP2000-N16015

INSUBSISTENCIA – Efectos de nulidad de decreto de congelación de plantas de personal / NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO – Efectos / CONGELACION PLANTA DE PERSONAL – Efectos de nulidad de acto que la decretó Tiene en cuenta la Sala que el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección “B”, mediante la sentencia de fecha 25 de noviembre de 1999, declaró “nulo el Decreto 1421 del 24 de agosto de 1995, proferido por el Presidente de la República, y mediante el cual se congelan las plantas de personal en la Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden nacional.” Concluye la Sala que si la nulidad del decreto 1421 del 24 de agosto de 1995 dejó la situación como se encontraba el día 23 anterior, vale decir, como si aquel no se hubiera expedido, es evidente, entonces, que cuando el Gerente de la Electrificadora demandada expidió el acto acusado el 1º de marzo de 1996 no pudo haber violado el decreto 1421 declarado nulo, razón por la cual la causal de nulidad invocada en la demanda no puede prosperar. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA – SUBSECCION “A” Consejero ponente: NICOLAS PAJARO PEÑARANDA Santa Fe de Bogotá D.C., dieciséis (16) de marzo de dos mil (2000) Radicación número: 16015 Actor: INES DEL S. CASTRO Y OTROS Demandado: ELECTRIFICADORA DEL CESAR No obstante que lo dispuesto en la sentencia de tutela T-1017 de 1999, proferida por la Corte Constitucional el 13 de diciembre de 1999, es abiertamente inconstitucional, como consecuencia de que el Consejo de Estado, según lo ordena el artículo 237 de la Carta, desempeña las funciones de tribunal supremo de lo contencioso administrativo, esta Sala, entra a decidir el recurso de apelación interpuesto por los demandantes Inés del Socorro Castro de Ortiz, María Luisa Morelli Andrade y Laureano Angulo de Armas contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Cesar el 18 de febrero de 1997, que les denegó sus pretensiones de nulidad del acto que los desvinculó de la Electrificadora del Cesar S.A. y de reintegro al servicio y pago de los haberes dejados de percibir. Antecedentes:

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