CE-SEC1-EXP2000-N6074

DECOMISO DE MERCANCÍAS – Sin licencia de introducción o con ella vencida / FALSA MOTIVACIÓN – Existencia / ERROR DE DERECHO – Existencia que genera falsa motivación / LICENCIA DE INTRODUCCIÓN / IMPUESTO DE CONSUMO Mediante los actos acusados se decomisó una mercancía de la actora por las autoridades del Departamento del Tolima, con el argumento de que la Licencia de Introducción que la amparaba al momento de ser aprehendida se encontraba vencida. Con esas consideraciones, el Jefe de la División de Liquidación y Jurisdicción Coactiva de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público da por probado que la mercancía aprehendida ingresó al Departamento en fecha posterior a la vigencia de la Licencia de Introducción, lo cual no corresponde a la realidad probatoria. Se configura así una falsa motivación, que vicia de nulidad los actos acusados. Cuando la entidad asimila la introducción de la mercancía al territorio del Departamento a su entrega en el Depósito de Rentas, para efectos de aplicación de la norma, incurre en error de derecho, pues las situaciones fácticas son diferentes. En consecuencia, considera la Sala que se presenta así, una vez más, una falsa motivación. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Consejero ponente: MANUEL SANTIAGO URUETA AYOLA Bogotá, D.C., treinta (30) de noviembre del dos mil (2000) Radicación número: 6074 Actor: COLOMBINA S.A. Referencia: APELACION SENTENCIA Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de 5 de noviembre de 1999 del Tribunal Administrativo del Tolima, mediante la cual se denegaron las pretensiones de la demanda. I.- ANTECEDENTES I. 1. LA DEMANDA

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