VEHÍCULOS AUTOMOTORES – El acto que declara nula una matrícula inicial y un traspaso no dirime controversias sobre el dominio / ACTOS ADMINISTRATIVOS – Los que deciden sobre trámites de tránsito no corresponden a un proceso policivo regulado por el Código Nacional de Tránsito La decisión de dejar sin efecto el trámite de matrícula inicial y el posterior de traspaso, necesariamente afecta el derecho de dominio o propiedad del vehículo. Sin embargo, del contenido del acto acusado no se deduce que él esté dirimiendo una controversia sobre tal derecho, es decir, declarando que la propiedad o el dominio recae sobre determinada persona; además de que la actuación adelantada en el asunto sub examine no corresponde a un proceso de policía, presupuestos estos a los que alude el artículo 126 del Código Nacional de Policía, razón por la cual no se vislumbra la violación de esta disposición, ni la de los artículos 1º y 6º de la Carta Política, a que se refiere la demanda. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Consejero ponente: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO. Santa Fe de Bogotá D.C., treinta (30) de marzo del dos mil (2000). Radicación número: 5862 Actor: ELIAS G. FONSECA GARCIA Demandado: AUTORIDADES MUNICIPALES DE SINCELEJO Referencia: APELACION SENTENCIA Se decide el recurso de apelación oportunamente interpuesto por el apoderado del actor contra la sentencia de 28 de julio de 1999, proferida por el Tribunal Administrativo de Sucre, que denegó las pretensiones de la demanda. I-. ANTECEDENTES I.1-.ELIAS GUILLERMO FONSECA GARCIA, por medio de apoderado y en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho consagrada en el artículo 85 del C.C.A., presentó demanda ante el Tribunal Administrativo de Sucre, tendiente a que se hicieran las siguientes declaraciones:
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