CE-SEC1-EXP2000-N5351

ARANCEL JUDICIAL – Acuerdo 169 de 1997 del C.S.J. / ARANCEL JUDICIAL – Nulidad parcial de la expresión “de única instancia” / EXCEPCION DE COSA JUZGADA – El encabezamiento del acto demandado carece de contenido normativo Del asunto que es materia de este proceso, la Sala se ha ocupado en dos oportunidades anteriores: Una, en la sentencia de 27 de mayo de 1999, Expediente Núm. 5092, Mag. Pon. ERNESTO RAFAEL ARIZA, mediante la cual se declaró la nulidad parcial de la expresión “de única instancia”, contenida en el artículo 4 del Acuerdo Núm. 169 de 23 de octubre de 1997; Otra, en la sentencia de 10 de junio de 1999, Expediente Núm. 4976, Mag. Pon. LIBARDO RODRIGUEZ, por medio de la cual la Sección declaró, de un lado, la excepción de cosa juzgada en lo que se refiere a la solicitud parcial de nulidad del artículo 4 del precitado Acuerdo, pues ésta ya había sido declarada por la sentencia de 27 de mayo de 1999, y, de otro lado, se inhibió en relación con la solicitud de declaratoria de nulidad de la expresión “y laboral”, del enunciado regulador de dicho Acuerdo, por considerar que ese encabezamiento carece de contenido normativo, ya que se trata del enunciado genérico que identifica el contenido temático del acto administrativo. En el asunto sub lite, la demanda busca la misma declaratoria de nulidad que se pretendió en el proceso número 4976, en cuanto a la inclusión de la expresión “y laboral” en el encabezamiento del Acuerdo, por lo que la Sala habrá de atenerse, en acuerdo con el concepto del Agente del Ministerio Público, a lo decidido en la precitada sentencia. NOTA DE RELATORIA: Reitera sentencias de la Sección Primera del 27 de mayo de 1999, Exp. 5092, M.P. Dr. Ernesto R. Ariza y del 10 de junio de 1999, Exp. 4976, M. P. Dr. Libardo Rodríguez R. CONSEJO DE ESTADO SALA DELO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Consejero ponente: MANUEL SANTIAGO URUETA AYOLA Santa Fe de Bogotá, D. C., nueve (9) de marzo del dos mil (2000) Radicación número: 5351 Actor: SABEL REINERIO ARÉVALO ARÉVALO Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA Referencia: ACCION DE NULIDAD Procede la Sala a decidir el proceso de única instancia que, en ejercicio de la acción de nulidad consagrada en el artículo 84 del C.C.A., instauró el ciudadano SABEL REINERIO AREVALO AREVALO contra actos del Consejo Superior de la Judicatura.

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