CE-SEC1-EXP2000-N4424

MARCAS Y PATENTES / RENOVACION DE MARCA – Legalidad de la renovación de la marca “OLD PARR” / ORDEN DE INSCRIPCIÓN DEL TRASPASO – Legalidad / OLD PARR Fuerza concluir, entonces, que al haberse encontrado ajustada a la legalidad la revocatoria que de la Resolución 12913 de 31 de diciembre de 1991 hizo la Resolución 19019 de 30 de agosto de 1996, la primera de las cuales fue el fundamento legal de la Resolución 23040 de 12 de diciembre de 1995, que a su turno fue revocada por la Resolución 24304 de 13 de noviembre de 1996, la decisión en esta última contenida se encuentra también conforme a derecho, en la medida de que ordenó el registro del traspaso de la marca OLD PARR, en favor de United Distillers PLC, que comercia también como Macdonald Greennless. La decisión aquí a adoptar no puede ser otra que denegar las pretensiones de la demanda, dado que al ser legal la decisión de ordenar la inscripción en el registro de la renovación de la marca OLD PARR, lo cual significa que dicha marca se encuentra vigente, la consecuencia lógica de ello es que también es legal la orden de inscripción del traspaso que de la misma se hizo en favor de la sociedad tercera directa interesada en las resultas del proceso, United Distillers PLC, que también comercializa como Macdonal Greenless. NOTA DE RELATORIA: La Resolución 19019 de 30 de agosto de 1996 fue demandada en acción de nulidad y restablecimiento del derecho por Internacional de Licores Limitada, la cual culminó con sentencia denegatoria de las pretensiones, de fecha 30 de marzo del 2.000, expediente núm. 4425, Consejero Ponente: Dr. Manuel S. Urueta Ayola. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Consejera ponente: OLGA INES NAVARRETE BARRERO Santa Fe de Bogotá, D.C., seis de julio del dos mil. Radicación número: 4424 Actor : INTERNACIONAL DE LICORES LTDA. Procede la Sección Primera a dictar sentencia de única instancia para resolver la demanda que ha dado lugar al proceso de la referencia, instaurada por la sociedad Internacional de Licores Ltda., en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho consagrada en el artículo 85 del C.C.A., contra la Resolución 24304 de 13 de noviembre de 1996, expedida por la División de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la cual revocó la Resolución núm. 23040 de 12 de diciembre de 1995, emanada de la misma dependencia, mediante la cual se había negado la inscripción del traspaso del registro de la marca OLD PARR, certificado núm. 42567, clase 33; y

Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.