RECURSO DE APELACION EN VIA GUBERNATIVA – Obligación de sustentar motivos de inconformidad / AGOTAMIENTO DE VIA GUBERNATIVA – Presupuestos de la acción: sentencia inhibitoriaEl 15 de enero de 2001, la Dirección General Marítima rechazó de plano el recurso de apelación interpuesto por el apoderado del actor, argumentando que el escrito presentado carecía de los requisitos señalados en el numeral 1° del artículo 52 del CCA, en cuento a la expresión de los motivos de inconformidad. Esta Corporación se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre la necesidad del agotamiento de vía gubernativa para ejercer la acción de nulidad y restablecimiento del derecho a la luz del artículo 85 del C.C.A. Para el caso que se analiza, es preciso mencionar que haberse rechazado de plano el recurso de apelación ante falta de sustentación por parte de la DIMAR, equivale a que dicho recurso no fue interpuesto en debida forma y a que la vía gubernativa no fue agotada. No se allegó documento alguno en que constase que el actor hubiera efectivamente sustentado el recurso, y por tanto, no viene a lugar reprobar la actuación de la DIMAR al rechazarlo, pues para ello se fundamentó acertadamente en el numeral 1° del artículo 52 del C.C.A. Según lo anotado, habrá de confirmarse el fallo inhibitorio, por estar el actor imposibilitado para acceder a la jurisdicción Contencioso-Administrativa ante la ausencia de uno de los presupuestos de la acción. NOTA DE RELATORIA: Cita sentencia del 18 de abril de 1996, expediente 12823, Sección Segunda, Consejera Ponente Dra. Dolly Pedraza de Arenas.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCIÓN PRIMERAConsejero ponente: CAMILO ARCINIEGAS ANDRADEBogotá D.C., veintiséis (26) de agosto de dos mil cuatro (2004)Radicación número: 88001-23-31-000-2001-0018-01Actor: DANIEL WILSON SINISTERRA QUIÑÓNEZDemandado: CAPITANIA DEL PUERTO DE SAN ANDRES ISLAReferencia: APELACIÓN SENTENCIASe decide el recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia de 15 de marzo de 2002, mediante la cual el Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por DANIEL WILSON SINISTERRA QUIÑÓNEZ., se declaró inhibido para un pronunciamiento de fondo sobre la demanda de nulidad de la
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