76001-23-31-000-2000-02485-01

CONCILIACION EN LOS PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS TRI -BUTARIOS, ADUANEROS Y CAMBIARIOS – Requisitos; aprobación judicial; efectosEstando el proceso al despacho para correr traslado para alegar de conclusión, el apoderado de la parte actora informó que se encontraba en trámite una solicitud de acuerdo conciliatorio ante la DIAN. El 13 de julio de 2004, los apoderados allegaron el Acta 070 de 2 de julio, donde consta el acuerdo conciliatorio celebrado, para su aprobación. Este Acuerdo reúne las exigencias establecidas en las normas transcritas, según se desprende de los documentos allegados y de los antecedentes del proceso que a continuación se relacionan: El 22 de agosto de 2000, la actora formuló demanda en acción de nulidad y restablecimiento de derecho ante el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca contra los actos administrativos de la DIAN que le impusieron una sanción por valor de $17’707.850.oo por inexactitud en la declaración de exportación. Dentro del proceso no se ha proferido sentencia de segunda instancia. La solicitud de conciliación se formuló el 11 de mayo de 2004 ante la DIAN. Según el Recibo Oficial de Pago de Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias de 10 de mayo de 2004, la actora pagó a la DIAN la suma de $8’853.925.oo correspondiente al 50% de la sanción impuesta. La fórmula conciliatoria se suscribió y aprobó por el Comité de Defensa Judicial y Conciliación de la DIAN el 2 de julio de 2004. Reunidos como están los requisitos establecidos por los artículos 38 de la Ley 863 de 2003 y 1º y 3º del Decreto 412 de 2004, considera la Sala que procede la aprobación del Acuerdo Conciliatorio, dar por terminado el proceso y ordenar la devolución del expediente al Tribunal de origen.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejero ponente: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOBogotá D.C., dos (2) de marzo de dos mil seis (2006)Radicación número: 76001-23-31-000-2000-02485-01Actor: SERVICIOS INTEGRADOS DE COMERCIO EXTERIOR S.I.A. LIMITADA – SIDECOMEX S.I.A. LTDA. -Demandado: DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALESReferencia: ACUERDO CONCILIATORIOMediante escrito de 13 de julio de 2004, visible a folios 20 y 21 del cuaderno del recurso de apelación, los apoderados de las partes solicitaron la aprobación del Acuerdo Conciliatorio celebrado y aprobado por el Comité de Defensa Judicial y

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