DIPUTADO – Inhabilidad por parentesco o vínculo con autoridad administrativa / AUTORIDAD ADMINISTRATIVA – Presupuestos para que se configure inhabilidad por parentesco o vínculo con diputado. Manifestaciones / TESORERO DE CONTRALORIA DEPARTAMENTAL – No ejerce autoridad administrativa En reiterada jurisprudencia de esta Corporación se ha dicho que, para que se entienda configurada la causal de inhabilidad prevista en la norma en comento, es necesario que se verifiquen los siguientes presupuestos: a.- Que exista un vínculo por matrimonio o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil. b.- Que el vínculo sea con un funcionario que ejerza autoridad civil, política, administrativa o militar. c- Que la autoridad civil, política, administrativa o militar hubiera sido ejercida dentro de los doce meses anteriores a la elección. Es necesario que la autoridad ejercida conlleve poderes decisorios de mando o de imposición sobre los subordinados o la sociedad, al punto que tenga la potencialidad de alterar el derecho que tienen todos los candidatos a competir en pie de igualdad para alcanzar el poder político, que es, valga la pena aclarar, lo que pretende evitar la norma. De acuerdo con lo expuesto, la Sala considera que es evidente que el cargo de tesorero de la Contraloría General de Santander no habilita a su titular a ejercer autoridad administrativa, como erróneamente lo plantea la parte actora. En este sentido, el señor Oscar Hernández Hernández, en desempeño de dicho cargo, no pudo ostentar esa clase de autoridad, pues ninguna de las funciones trascritas le otorgaban la competencia para ejercer poder decisorio de mando o de imposición sobre los subordinados o la sociedad, que se manifiestan, entre otras formas, a través del nombramiento o remoción del personal asignado a la respectiva dependencia, o bien mediante la imposición de sanciones, o incluso por medio de la ordenación del gasto o el diseño de las políticas de la entidad, potestades que, a las claras, no tuvo el hermano del demandado mientras permaneció en el cargo de tesorero de la Contraloría General de Santander.NOTA DE RELATORIA: sobre el contenido y alcance del concepto de autoridad administrativa, se reiteran las sentencias 2003-00267 de 16 de septiembre de 2003. Sala Plena y 3090 de 5 de junio de 2003. Sección Quinta.CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION QUINTAConsejera ponente: SUSANA BUITRAGO VALENCIABogotá, D. C., trece (13) de noviembre de dos mil ocho (2008)Radicación número: 68001-23-15-000-2007-00685-01 Actor: CAROLINA LEON VILLAMIZARDemandado: DIPUTADO A LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE SANTANDER
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