68001-23-15-000-2007-00013-01(AC)

LIBRE ESCOGENCIA DE ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD – Los pensionados del Instituto de Seguros Sociales pueden escoger entre las entidades que hacen parte del Sistema General de Seguridad SocialComo el actor fue pensionado con base en 14 años y 12 días al servicio de la universidad y cotizaciones al ISS por 6 años y 2 meses, fue pensionado por esta última entidad; en estas condiciones no puede disfrutar del régimen especial de seguridad social en salud que tiene la Universidad Industrial de Santander. En ese orden de ideas el actor no puede escoger como entidad prestadora de servicios de salud a una que hace parte de un régimen especial pues tal opción sólo la tiene el personal que se encuentra al servicio de la universidad o los pensionados por el mismo ente universitario. Como el actor no es beneficiario del régimen especial consagrado para las universidades en materia de seguridad social en salud, no puede pretender que, en ejercicio del derecho a la libre escogencia, pueda optar por una entidad que está por fuera del Sistema General de Seguridad Social al que actualmente pertenece. Al actor no se le ha vulnerado el derecho a la libre escogencia, pues dentro del sistema al que pertenece puede optar por una de las entidades que presta el servicio de salud.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION SEGUNDA SUBSECCION “B”Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZBogotá D.C., veintiséis (26) de abril de dos mil siete (2007) Radicación número: 68001-23-15-000-2007-00013- 01(AC)Actor: EDUARDO HANSSEN VILLAMIZARDemandado: INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES Y OTRODecide la Sala la impugnación propuesta por el actor contra la providencia de 8 de febrero de 2007, proferida por el Tribunal Administrativo de Santander, que negó la tutela de los derechos fundamentales invocados como violados por el señor EDUARDO HANSSEN VILLAMIZAR contra e l Instituto de Seguros Sociales, Administradora de Pensiones, Seccional Santander y el Ministerio de la Protección Social.PRETENSIONES Y HECHOS DE LA TUTELA

Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.