66001-23-31-000-2005-00026-01(36517)

ACCION DE REPARACION DIRECTA – Condena DAÑO – Muerte de ciudadano en Centro Hospitalario por error de diagnóstico. El occiso fallece a consecuencia de una falla hepática / DAÑO – Configuración El joven Andrés Pérez López falleció el 20 de julio de 2003 en la unidad de cuidados intensivos del Hospital Universitario San José de Pereira como consecuencia de una malaria por plasmodium falciparum. El paciente llegó a ese centro asistencial remitido del Hospital Santa Mónica de Dosquebradas, donde el 13 de julio anterior le diagnosticaron equivocadamente “dengue + deshidratación grado II” con base en los aspectos clínicos pero no epidemiológicos del cuadro febril que presentaba.(…) La Sala tiene acreditado el daño, el cual consiste en la muerte del joven Andrés Pérez López, ocurrida en el Hospital Universitario San Jorge de Pereira el 20 de julio de 2003 como consecuencia de una falla hepática aguda.DIAGNOSTICO – Noción. Definición. Concepto / DIAGNOSTICO – Fases / ERROR DE DIAGNOSTICO – Reiteración jurisprudencial El diagnóstico es uno de los momentos de mayor relevancia en prestación del servicio médico como quiera que sus resultados determinan toda la actividad posterior que corresponde al tratamiento médico. De acuerdo con la doctrina extranjera, existen dos fases o etapas que componen el diagnóstico: la primera, caracterizada por la valoración del paciente y la segunda, por el análisis e interpretación de los datos obtenidos durante la etapa anterior. (…) Para que el diagnóstico sea acertado se requiere que el profesional de la salud sea extremadamente diligente y cuidadoso en el cumplimiento de cada una de estas etapas, esto es, que emplee todos los recursos a su alcance en orden a recopilar la información que le permita determinar con precisión cuál es la enfermedad que sufre el paciente. Si así lo hace, su responsabilidad no quedará comprometida aunque al final se demuestre que el diagnóstico fue equivocado, pues es posible que pese a todos los esfuerzos del personal médico y al empleo de los recursos técnicos a su alcance, no logre establecerse la causa del mal, bien porque se trata de un caso científicamente dudoso o poco documentado, porque los síntomas no son específicos de una determinada patología o, por el contrario, son indicativos de varias afecciones. (…) En línea con lo anterior la jurisprudencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado ha señalado que solo el error de diagnóstico que es consecuencia de una deficiente prestación del servicio médico hospitalario puede llegar a comprometer la responsabilidad extracontractual de la administración. Se ha considerado, entonces, que lo decisivo en estos casos no es establecer si el médico se equivocó , sino si empleó los recursos adecuados para llegar a un diagnóstico acertado (…) puede afirmarse que para imputar responsabilidad a la administración por daños derivados de un error de valoración, es necesario demostrar que el servicio médico no se prestó adecuadamente porque, por ejemplo, el profesional de la salud omitió interrogar al paciente o a su acompañante sobre la evolución de los síntomas que lo aquejaban; no sometió al enfermo a una valoración física completa y seria , omitió utilizar oportunamente todos los recursos técnicos a su alcance para confirmar o descartar un determinado diagnóstico; dejó de hacerle el seguimiento que corresponde a la evolución de la enfermedad, o simplemente, incurrió en un error inexcusable para un profesional de su especialidad . NOTA DE RELATORIA: Sobre el error de diagnóstico, consultar, sentencias de: 10 de febrero de 2000, exp. 11878; 27 de abril de 2011, exp. 19846; 10 de febrero de 2011, exp. 19040; 31 de mayo de 2013, exp. 31724 y de 9 de octubre de 2014, exp. 32348

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