ACCION DE TUTELA – Improcedencia por carencia actual de objetoLa primera pretensión de la accionante está encaminada a que se ordene a la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Transporte agotar la vía gubernativa, conforme establece el Código Contencioso Administrativo y que esa entidad expida el acto administrativo mediante el cual acepte o niegue el cambio de propietario del Centro de Enseñanza Automovilística “Escuela de Conducción de Conductores de Villavicencio Conduvías”. De haber existido violación de los derechos fundamentales en relación con la pretensión referida y cuya protección se reclama, es de señalar que ella cesó tal como demuestra la Resolución Nº 005069 de 16 de noviembre de 2006 expedida por el Subdirector de Tránsito del Ministerio de Transporte. L a Sala estima que se dan las condiciones para declarar la improsperidad de la acción intentada por la accionante, toda vez que durante el trámite de la tutela y antes de proferida la sentencia de primera instancia, la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Transporte enmendó la violación en que pudo estar incurriendo y que afectaba derechos fundamentales de la demandante y decidió corregir su actuación con una decisión que favoreció a la hoy accionante. Lo brevemente expuesto es suficiente para concluir que existe carencia actual de objeto , pues la conducta omisiva que se endilgaba a la accionada ya no existe y en esa medida tampoco es el caso de impartir una orden tendiente a amparar los derechos de la accionante. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION SEGUNDA – SUBSECCION “B”Consejero ponente: BERTHA LUCIA RAMIREZ DE PAEZBogotá, D.C., septiembre trece (13) de dos mil siete (2007) Radicación número: 50001-23-31-000-2006-01085-01(AC)Actor: OLGA LUCIA ALBA TORRESDemandado: MINISTERIO DE TRANSPORTE ACCIÓN DE TUTELADecide la Sala la impugnación formulada por la señora Olga Lucía Alba Torres contra la sentencia de 21 de noviembre de 2006, mediante la cual el Tribunal Administrativo del Meta negó el amparo de tutela por carencia de objeto actual y exhortó al Ministerio de Transporte – Subdirección de Tránsito, para que aplicara las medidas correctivas a fin de evitar que se repitan conductas como las que dieron origen a la solicitud en este caso.
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