50001-23-31-000-1998-90149-01

ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL – Requiere de actos particulares o de otra actividad administrativa para su aplicación / ACTO REGLA – Acciones que pueden surgir / ACCIONES CONTENCIOSAS CONTRA ACTOS REGLA – Hipótesis / MATRICULA DE VEHICULO – Actos generales y particulares Al respecto, se observa que la resolución no tiene una decisión directa y concreta frente a la solicitud del actor, ni de personas determinadas. Otra cosa es que el trámite de esa solicitud se hubiera basado, entre otras disposiciones, en las que ella contiene, situación que es propia de los actos administrativos generales o abstractos, los cuales contienen reglas que para ser aplicadas a casos concretos requieren de otros actos administrativos que por ese efecto vienen a ser particulares o subjetivos, de operaciones administrativas o de cualquier otra forma de la actividad administrativa, y el hecho de que esa regla general se aplique adecuadamente o no es algo que no se le puede atribuir a ella sino al acto o a la forma de la actividad administrativa que la aplica. La Resolución acusada viene a ser, entonces, un acto administrativo de carácter general, es decir, un acto administrativo regla, pues la situación jurídica que crea es abstracta e impersonal, y si se aplicó en el asunto de la actora sin que fuera procedente, sea cual fuere la razón de esa improcedencia, v. gr. la alegada falta de su publicación, no es endilgable a ella sino a la actividad del funcionario que la aplicó a dicho asunto, y por ende la decisión que le pone fin al asunto administrativo es la que debe ser enjuiciada en orden a verificar la validez de sus fundamentos normativos. Si una decisión se funda en una norma general que no ha entrado a regir es claro que se tratará de una actuación sin fundamento jurídico. Por ello, cuando se reclaman perjuicios derivados de la aplicación administrativa de una norma general a una situación concreta, la acción conducente es la de nulidad y restablecimiento del derecho si la aplicación se hizo mediante un acto administrativo, o de reparación directa si lo fue mediante una operación administrativa o vía de hecho, para no mencionar otras formas de esa actividad, como los contratos estatales, convenios, etc.; en tanto que la resolución acusada, en cuanto acto general, en principio no es susceptible de acción de nulidad y restablecimiento del derecho, sino de simple nulidad, aunque dentro de la primera puede ser objeto de inaplicación por excepción de inconstitucionalidad o de ilegalidad, cuando una u otra sea manifiesta o notoria, tratándose de casos concretos en los cuales se ha aplicado y el afectado considere que se le ha causado un perjuicio, como el que aquí aduce el accionante, en cuanto afirma que con base en esa resolución le fue rechazada en un primer momento su solicitud en mención.MATRICULA DE VEHICULO – Acto de revisión de la documentación es acto preparatorio / ACTO PREPARATORIO – Revisión de documentos en registro inicial o matrículaDe otra parte, el otro ítem que pide se declare nulo no constituye acto administrativo, toda vez que lo que pretende individualizar como tal no contiene decisión sobre el fondo de su petición, debido a que ni la actividad de revisión de la solicitud de la referida licencia es el acto administrativo, como tampoco lo es el concepto que emitan las personas encargadas de hacerla, ya que éste es justamente parte del respectivo procedimiento, y dentro del mismo dicho concepto no pasa de ser un mero acto preparatorio, que como tal le va a servir de fundamento a la decisión que ponga fin a ese trámite, esto es, que decida la solicitud de la licencia. Dicho concepto, visible en formato que obra a 28 del expediente, es la opinión de unos profesionales encargados de hacer la revisión técnica de la solicitud, de allí que no es la decisión y por ende no le puso fin a la actuación administrativa correspondiente, por consiguiente ese concepto no es susceptible de ser enjuiciado por esta jurisdicción en la acción incoada por no un ser acto administrativo impugnable judicialmente. De modo que en este caso no aparece demandado el

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