41001-23-31-000-2001-0273-01(AP-324)

ACCIÓN POPULAR – Procedencia de reconocimiento de incentivo. Proceso culmina con pacto de cumplimiento / DERECHO A UN AMBIENTE SANO – Sala de necropsias en cementerio / INCENTIVO – Reconocimiento. Sentencia aprobatoria de pacto de cumplimiento / DERECHO A LA SALUBRIDAD PUBLICA – Sala de necropsias en cementerio. Cuando el proceso culmina con sentencia aprobatoria del pacto de cumplimiento, de que trata el artículo 27 de la ley, habrá lugar al incentivo si se aceptan las pretensiones que guarden concordancia con las acciones u omisiones del demandado, generadoras del daño o la amenaza a los derechos e intereses cuya defensa y protección se reclama. Se subraya que el artículo 366 de la Carta Política establece que el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población son finalidades sociales del Estado, y que objetivo fundamental de su actividad es la solución de las necesidades insatisfechas de salud, de educación, de saneamiento ambiental y de agua potable, para aceptar que por la demanda instaurada, la administración municipal se ha visto apremiada y comprometida a celebrar un convenio interadministativo que es necesario para los habitantes del municipio, todo de acuerdo con la Carta Fundamental. Motivo suficiente para disponer el pago del incentivo al actor, por la cantidad de diez (10) salarios mínimos legales mensuales. NOTA DE RELATORIA: sentencias AP-007 de 1999; Sección tercera, AP-173 de 9 de febrero de 2001. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Consejero ponente: ROBERTO MEDINA LÓPEZ Bogotá D.C., ocho (8) de febrero de dos mil dos (2.002). Radicación número: 41001-23-31-000-2001-0273-01(AP-324) Actor: JUAN CARLOS VARGAS BARREIRO Demandado: MUNICIPIO DE EL AGRADO ACCIÓN POPULAR Se desata el recurso de apelación presentado por el actor contra la providencia del 8 de octubre de 2.001 proferida por la Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo del Huila, que aprobó el pacto de cumplimiento celebrado entre Juan Carlos Vargas Barreiro y el Municipio de El Agrado, y negó el incentivo económico.

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