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IMPUESTO POR LICENCIA PARA CONSTRUCCION DE AGROINDUSTRIAS – Al no estar fundamentado en ninguna ley procede la suspensión provisional / LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA CULTIVO DE FLORES – No puede conllevar el cobro de un impuesto al no estar señalado en la ley / SUSPENSION PROVISIONAL – Procede al no estar creado por ley el impuesto por la construcción de cultivos de flores En relación con el artículo 4º del acuerdo demandado la Sala observa que éste crea un “impuesto” sin fundamentación legal. Conforme al numeral 3º del artículo 287 y el numeral 4º del artículo 313 de la Constitución Política dicha facultad es derivada, en el entendido que el legislador nacional es quien fija los elementos estructurales del tributo, momento a partir del cual podrán las asambleas o los concejos ejercer su poder de imposición pero con sujeción rigurosa a los parámetros establecidos en la ley, según lo indica el artículo 338 de la Constitución Política. El Acuerdo acusado no menciona la Ley que le otorga facultades para regular el impuesto, razón de más para decretar su suspensión provisional. Así las cosas, existe la ostensible violación alegada por la actora, razón por la cual se decretará la suspensión provisional solicitada. FUENTE FORMAL: CONSTITUCIÓN POLÍTICA ARTÍCULO 287 NUMERAL 3º Y ARTÍCULO 313 NUMERAL 4º NORMA DEMANDADA: ACUERDO 003 DE 1987 DEL CONCEJO MUNICIPAL DE FACATATIVÁ. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Consejera ponente: LIGIA LÓPEZ DÍAZ Bogotá D.C. veintiuno (21) de junio de dos mil dos (2002) Radicación número: 25000-23-27-000-2002-0147-01(13266) Actor: ROBERTO URIBE PINTO Demandado: CONCEJO MUNICIPAL DE FACATATIVA A U T O Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la providencia del 15 de marzo de 2002, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en virtud de la cual se negó la suspensión provisional de los efectos del Acuerdo 003 del 12 de marzo de 1987, emanado del Concejo Municipal de Facatativá, “Por el cual se reglamenta la expedición de licencias de construcción para cultivos de flores y se dictan otras disposiciones”.

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