25000-23-26-000-1992-8550-01(12713)

FALLA DEL SERVICIO DEL EJERCITO POR LESIONES CORPORALES A CIVIL – Grupo antiguerrilla / PERJUICIOS MATERIALES – Pérdida de la capacidad laboral del cien por ciento El día 9 de abril de 1991 uno de los soldados de la compañía antiguerrilla Timanco del Batallón Escuela de Artillería que patrullaba la zona, disparó supuestamente contra los miembros de un comando guerrillero con su arma de dotación oficial a una distancia de aproximadamente 100 metros, con tan mala suerte que el disparo tuvo como blanco el ojo izquierdo del señor Adán Guavita. El Tribunal consideró que se encontraban plenamente acreditados los elementos para declarar la responsabilidad pues la falla se configuró por la imprudencia de la entidad al utilizar armas cuando en la línea de fuego se encontraban civiles, poniéndolos en riesgo, el cual se concretó con la lesión de una de las personas que se hallaba en una vivienda del lugar. La apelación se realizó por la condena por perjuicios materiales impuesta en abstracto en razón de la pérdida de la capacidad laboral sufrida por el demandante. Teniendo en cuenta que el señor Adán Guavita Rojas al momento de recibir la lesión era una persona activa laboralmente ya que se desempeñaba como agricultor en una parcela de su propiedad y que con dicha lesión perdió un ojo, la visión del otro ojo, quedó desfigurado y desequilibrado mentalmente, se deduce que la pérdida de la capacidad laboral es del 100% ya que no le fue posible volver a desempeñar sus actividades cotidianas, sino que por el contrario, ahora debe depender totalmente de sus familiares quienes deben guiarlo y asistirlo en todas sus actividades diarias. Sentencia 8550(12713) del 02/02/21. Ponente: RICARDO HOYOS DUQUE. Actor: ADAN GUAVITA ROJAS y OTROS CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Consejero ponente: RICARDO HOYOS DUQUE Bogotá, D.C., veintiuno (21) de febrero de dos mil dos (2002) Radicación número: 25000-23-26-000-1992-8550-01(12713) Actor: ADAN GUAVITA ROJAS y OTROS Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA Conoce la Sala del recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandada en contra de la sentencia proferida el 8 de agosto de 1.996, por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante la cual se dispuso:

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