25000-23-24-000-2002-0233-01(AC)

COSA JUZGADA EN ACCION DE TUTELA – Elementos: un mismo objeto y una misma causa petendi / DERECHO A LA PARTICIPACION DEMOCRATICA – Llamado al segundo de la lista por falta temporal de congresista / CONGRESISTA LLAMADO – Invulneración del derecho a participación democrática por no dar posesión al congresista ante el secuestro del titular / SECUESTRADO – Derechos Pretende el accionante la protección de su derecho constitucional a la participación ciudadana, por cuanto la Cámara de Representantes no le ha dado posesión a Carlos Alberto Martín Salinas, en reemplazo de Orlando Beltrán Cuellar, congresista secuestrado por un grupo subversivo. Es evidente y, por lo tanto, se encuentra de acuerdo la Sala con la decisión del a quo en que existe en el presente caso cosa juzgada. En efecto, en sentencia de esta Sala de diciembre 13 de 2001, expediente 1924 (1981), Magistrado Ponente doctor Manuel Santiago Urueta Ayola, se resolvió el recurso de apelación dentro de la acción de tutela promovida por el señor Eladio Rojas Jiménez contra la Cámara de Representantes, quien adujo su calidad de elector de la lista encabezada por el actual Representante a la Cámara doctor Orlando Beltrán Cuellar, y solicitó se ordenara a dicha Corporación llamar al segundo de la lista Carlos Alberto Martín Salinas para suplir la vacancia temporal. Las identidades procesales que enmarcan en el presente caso los límites de la cosa juzgada son evidentes; los dos casos tienen el mismo objeto, es decir la misma relación jurídica son los accionantes electores de la lista encabezada por el ORLANDO BELTRÁN CUELLAR quienes, en calidad de tales, solicitan la protección de su derecho a la participación democrática; tienen los dos casos la misma causa petendi: debido al secuestro del doctor BELTRÁN se declare su falta temporal y se ordene a la Cámara de Representantes hacer el llamado del segundo en la lista. Ante la cosa juzgada, es clara la no viabilidad de la presente acción de tutela, de esta manera se demuestra que existe imposibilidad de nueva decisión judicial sobre un asunto que ya fue sometido a examen, por cuanto, como se explicó, existe identidad en las partes, las pretensiones y los hechos, por lo que la Sala considera que se presentan todos los presupuestos para que se configure la cosa juzgada. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Consejera ponente: OLGA INÉS NAVARRETE BARRERO Bogotá, D.C. veinticinco (25) de abril del año dos mil dos (2002) Radicación número: 25000-23-24-000-2002-0233-01(AC) Actor: JORGE IVAN VARGAS MURCIA Demandado: CAMARA DE REPRESENTANTES Referencia: APELACIÓN SENTENCIA

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