25000-23-24-000-2001-0002-01(AG-007)

ACCION DE GRUPO – Indemnización por toma de bienes de financiera / COMPAÑÍA FINANCIERA – Procedencia de acción de grupo para ahorradores / INDEMNIZACIÓN EN ACCION DE GRUPO – Suma ponderada de las indemnizaciones individuales En el caso presente los potencialmente perjudicados con la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes, negocios y la posterior liquidación de la Compañía de Financiamiento Comercial Bermúdez y Valenzuela S.A., son más de cuarenta ahorradores, quienes manifestaron haber perdido parte de sus dineros depositados en la citada compañía y sus correspondientes derechos de réditos. La indemnización que se pretende comprende los dineros dejados de percibir por concepto de capital e intereses incorporados en cada uno de los certificados de depósito a término (CDTs) que figuraban a 30 de junio de 1999 . La uniformidad de las condiciones de los demandantes está determinada por la circunstancia de que todos son directamente perjudicados o lesionados por el mismo hecho generador del daño que, de conformidad con el libelo demandatorio, es la expedición por la Superintendencia Bancaria de la Resolución 1005 del 30 de junio de 1999, por medio de la cual se dispone la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la Financiera Bermúdez y Valenzuela S.A. NOTA DE RELATORIA: Auto AG-017 de 2 de febrero de 2001. Sección Tercera. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION QUINTA Consejero ponente: REINALDO CHAVARRO BURITICÁ Bogotá, D.C., veintitrés (23) de marzo del dos mil uno (2001) Radicación número: 25000-23-24-000-2001-0002-01(AG-007) Actor: AHORRADORES DE LA FINANCIERA BERMÚDEZ Y VALENZUELA S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL. Acción de Grupo Procede la Sala a resolver la impugnación formulada por el demandante, contra el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Primera – Subsección A del 9 de febrero de 2001, mediante el cual se rechazó de plano por improcedente la acción incoada. ANTECEDENTES La Demanda

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