25000-23-24-000-1997-9648-01(7549)

RUTAS Y HORARIOS – Adjudicación excepcional por razones de orden público: Decreto 1618 de 1996 / ADJUDICACION DE HORARIOS EN RUTA ASIGNADA – Legalidad ante ausencia de falsa motivación El Decreto 1618 de 1996 trata de la adjudicación de nuevas rutas y horarios, es decir, distintas a las ya adjudicadas, siempre y cuando se tratara de conjurar la falta de prestación del servicio de transporte de pasajeros por carretera por razones de orden público, en departamentos afectados por dicho problema. La demandante argumenta que se le había adjudicado la ruta Villavicencio – Yopal y viceversa a través de la Resolución 8949 de diciembre 31 de 1996 el Ministerio del Transporte, y que en esa misma Resolución negó la petición que en el mismo sentido había presentado la empresa Transportes Morichal S.A. Revisado el texto de la Resolución 8949 de diciembre 31 de 1996, expedida por la Directora General de Transporte Terrestre Automotor, se encuentra que autorizó a la Flota Sugamuxi S.A. la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en la ruta y horarios siguientes: Villavicencio- Yopal y viceversa ( vía Villanueva Monterrey) Saliendo de Villavicencio 4:00 –9:00 Saliendo de Yopal 4:00 . 9:00. Y fijó la capacidad transportadora en clase de vehículo microbús mínima 4 , máxima 5. El Ministro del Transporte expidió la Resolución demandada autorizando a la empresa Transportes Morichal S.A. en la misma ruta pero con el horario Saliendo de Villavicencio 6:10 Saliendo de Yopal 17:10 Frecuencia diaria. Es decir, es la misma ruta con diferente horario. Al respecto, encuentra la Sala que no fue desvirtuada la necesidad de implementar nuevos horarios para la ruta que tenía adjudicada la demandante, siendo, de otro lado, que Morichal S.A. tenía sede en los departamentos que sirven tal ruta, mientras que la demandante no, situación que hace que aquella reuniera el requisito que en tal sentido exigía el Decreto 1618 de 1996. Además, el Decreto 1618 de 1996 trata de adjudicación de nuevas rutas y horarios , y en el caso de la demandante el acto que se acusa no adjudicó la misma ruta que la actora tenía derecho a explotar, sólo amplió los horarios en que la ruta debía ser servida. Concluye la Sala que, aunque como dentro del trámite ordinario previsto en el Decreto 1927 de 1991 no le fue posible a Transportes Morichal obtener la adjudicación de la ruta Villavicencio – Yopal por las razones que la misma administración plasmó en la Resolución 8949 de diciembre 30 de 1996, se acudió al procedimiento excepcional previsto en el Decreto 1618 de 1996 para adjudicarle en la misma ruta diferente horario. Lo anterior lleva a la conclusión de que no se encontró probada la causal de falsa motivación en la expedición de la Resolución 08935 de diciembre 30 de 1996, expedida por el Ministro de Transportes. ADJUDICACION DE RUTAS POR RAZONES DE ORDEN PUBLICO – Aplicación del Decreto 1618 de 1996 / NOTIFICACION POR PUBLICACION EN BOLETIN INTERNO – Aunque no satisface requisitos legales no es causal de nulidad / NOTIFICACION POR CONDUCTA CONCLUYENTE – Ante la irregularidad en notificación debió resolverse recurso de reposición sin rechazarlo por extemporaneidad / DECAIMIENTO DEL ACTO – No es causal de nulidad En tratándose de adjudicación de rutas, horarios y áreas, como ya se vio, el Decreto 1927 de 1991, Estatuto Nacional del Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera, señala el procedimiento a seguir dentro de estas actuaciones, por lo que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 82 del C. C. A., es la norma especial la que debe aplicarse. El trámite para la vinculación de los terceros interesados dentro de este especial procedimiento ya fue descrito en aparte anterior de esta providencia, y es el consistente en la publicación de la solicitud de adjudicación de rutas y horarios y de los estudios técnicos que indiquen la necesidad de la misma,

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