25000-23-24-000-1993-3349-01(6216)

LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN – Obligatoriedad de la notificación a los vecinos colindantes / NOTIFICACIÓN POR EDICTO A LOS VECINOS COLINDANTES – Punto de partida para el cómputo de la caducidad / CADUCIDAD DE LA ACCION – Operancia El Decreto 958 de 10 de junio de 1992, reglamentario de la Ley 9ª de 1989, estableció que “Para todos los efectos previstos en el artículo 65 de la Ley 9ª de 1989, se entiende por vecinos a los propietarios, a los poseedores y a los tenedores de todos los inmuebles colindantes sin distinción alguna”. Lo anterior evidencia que para la Administración es irrelevante si quienes habitan en el inmueble son propietarios, tenedores o poseedores, por lo que basta una comunicación dirigida a la dirección del inmueble vecino o colindante respectivo, para procurar la notificación personal, que se repite, se surtió en este caso, citándose previamente a Johana Bleier en la dirección que para ese efecto había suministrado, que coincide con la del demandante; o, en caso de la no comparecencia de los interesados, proceder a la notificación por edicto. De ahí que la notificación por edicto que se surtió a partir del 25 de junio de 1992, y la publicación que se hizo el 3 del mismo mes y año, puedan tenerse como punto de partida para el cómputo de la caducidad, máxime si cumplen a cabalidad los requisitos exigidos en el artículo 47 del C.C.A, pues en el texto de aquéllas claramente se indica el contenido del acto por el cual se concede la licencia, con sus respectivas especificaciones, los recursos que proceden contra el mismo y el funcionario ante quien deben interponerse. Habida cuenta que de dicho cómputo se infiere que operó la caducidad, ya que la demanda se presentó el 4 de mayo de 1993, debe confirmarse la sentencia apelada. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Consejero ponente: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO Bogotá, D.C., veintiocho (28) de junio de dos mil uno (2001). Radicación número: 25000-23-24-000-1993-3349-01(6216) Actor: RAOUL BLEIER Referencia: APELACIÓN SENTENCIA Se decide el recurso de apelación oportunamente interpuesto por el apoderado de RAOUL BLEIER, contra la sentencia de 3 de febrero de 2000, proferida por la

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