23001-23-31-000-1999-1239-01(11660)

AMPARO DE POBREZA – Improcedencia por no demostrar el contribuyente su incapacidad económica / CAUCION EN DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA – Corresponde a una póliza que cubra el valor discutido La Sala comparte la decisión del Tribunal de no otorgar el beneficio solicitado, como quiera que del análisis de los documentos obrantes en el expediente, claramente se deduce que el actor no está en incapacidad de garantizar mediante caución los resultados del proceso en el evento de que le fuere desfavorable la sentencia, máxime que la declaración privada reportó patrimonio de $72.000.000 e ingresos por $23.000.000, todo lo cual evidencia que el actor si está en capacidad de prestar la caución señalada por el a quo y los gastos del proceso, sin menoscabo de lo necesario para su propia subsistencia y la de las personas a las que por ley debe alimentos. Se le aclara al recurrente, que lo dispuesto por el Tribunal no consiste en el depósito de la suma de $13.500.000, equivalente al 10% del monto discutido, sino la constitución de una póliza o garantía judicial que cubra dicho valor, por lo que el gasto que debe asumir la parte es el pago de la prima correspondiente a la constitución de dicha caución. De otra parte, subsidiariamente el recurrente solicita que en caso de que no prospere la solicitud de amparo, la sanción por improcedencia le sea impuesta al actor, quien es el verdadero solicitante y no a su apoderado, profesional que actúa en virtud del mandato otorgado. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Consejero ponente: JUAN ANGEL PALACIO HINCAPIE Bogotá, D.C., febrero nueve (9) de dos mil uno (2001) Radicación número: 23001-23-31-000-1999-1239-01(11660) Actor: RAFAEL EMIRO NARANJO VEGA Referencia: APELACION INTERLOCUTORIO Resuelve la Sección el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte actora, contra el auto del 12 de junio de 2000, proferido por el Tribunal Administrativo de Córdoba, mediante el cual negó un amparo de pobreza e impuso una multa. ANTECEDENTES

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