11001-03-24-000-2005-00162-01

PATENTE DE INVENCION – Se niega la denominada HIDRATO NOVEDOSO DE SAL DE ÁCIDO MALÉICO DE 5-[4-2(N-METIL-N-(2-PIRIDIL) AMINO) ETOXI]BENCIL]TIAZOLIDIN-2-4-DIONA por falta de nivel inventivoLa patente solicitada, según el concepto técnico de la Superintendencia de Industria y Comercio y el dictamen pericial de la experta en la materia, no cumple con los requisitos que exige la Comunidad Andina para que fuera concedido el privilegio de patente, pues, se deriva de manera evidente del estado de la técnica y los principios aplicados en la solicitud son de común conocimiento para una persona versada en la materia. Habida consideración de que la actora no probó el nivel inventivo de su solicitud y, por el contrario, los argumentos de la entidad el dictamen y de la perito a que se ha hecho mención ofrecen credibilidad, por cuanto provienen de expertos en la materia y contienen una debida fundamentación, debe la Sala denegar las pretensiones de la demanda, como en efecto se dispondrá en la parte resolutiva de esta providencia.SÍNTESIS DEL CASO: La sociedad Smithkline Beecham p.l.c interpuso demanda contra la Superintendencia de Industria y Comercio, para obtener la nulidad de las Resoluciones No. 1931 de 30 de enero de 2004 y de la 31770 de 23 de diciembre de 2004, por medio de las cuales, respectivamente, negó el privilegio de la patente, y confirmó la decisión al recurso de reposición, la parte demandante sostiene que los actos acusados violan los artículos 14 y 18 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. La Sala negó las pretensiones de la demanda.FUENTE FORMAL : DECISION 344 DE LA COMUNIDAD ANDINA – ARTICULO 1 / DECISION 344 DE LA COMUNIDAD ANDINA – ARTICULO 4 / DECISION 486 DE LA COMUNIDAD ANDINA – ARTICULO 14 / / DECISION 486 DE LA COMUNIDAD ANDINA – ARTICULO 18CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejera ponente: MARÍA ELIZABETH GARCÍA GONZÁLEZBogotá, D.C., dos (2) de marzo de dos mil dieciséis (2016)Radicación número: 11001-03-24-000-2005-00162-01Actor: SMITHKLINE BEECHAM p.l.cDemandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIOReferencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHOLa Sala decide, en única instancia, la demanda promovida por la sociedad SMITHKLINE BEECHAM p.l.c. , contra la Superintendencia de Industria y

Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.