11001-03-24-000-2000-3426-01(3426)

MARCA NOTORIA – Elementos que la caracterizan El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en la Interpretación Judicial producida con ocasión del presente proceso, sobre el particular señaló: “ La marca notoria es la que goza del reconocimiento que tienen ciertos signos, que por su gran difusión es conocida por un grupo de consumidores determinados, debiéndose esta calidad al uso intensivo de la marca y que con el transcurso del tiempo siga manteniendo esas mismas características que lo hicieron conocido como la calidad o la procedencia de origen. “Este Tribunal ha acogido un concepto sobre la marca notoria, conforme al cual se la caracteriza como aquella que reúne la calidad de ser conocida por una colectividad de individuos pertenecientes a un determinado grupo de consumidores o usuarios del tipo de bienes o de servicios a los que les es aplicable, porque se encuentra ampliamente difundida entre dicho grupo”. Al alegarse o suponerse que una marca es conocida en un lugar y tiempo determinados deberá, en todo caso, probarse tal calidad. El artículo 84 de la Decisión 344 trae los criterios para determinar si una marca es notoriamente conocida. “Varios son los hechos o antecedentes que determinan que una marca sea notoria: calidad e productos o servicios, conocimiento por parte de los usuarios o consumidores, publicidad, intensidad de uso, que deben ser conocidos por el juez o administrador para calificar a la marca de notoria, y que para llegar a esa convicción deben ser probados y demostrados dentro del proceso judicial o administrativo”. MARCA NOTORIA REGISTRADA – Protección a nombre de persona fallecida: Laura Ashley La Sociedad LAURA ASHLEY MANUFACTURING B.V., sociedad domiciliada en los Países Bajos, solicita la nulidad de las resoluciones 11.511 de diciembre de 1990, 2.145 de 27 de noviembre de 1991 y 3.014 de septiembre de 1992, al considerar que la marca LAURA ASHLEY corresponde al nombre de una diseñadora mundialmente reconocida quien utilizó su nombre para identificar distintos productos que durante años han sido comercializados a nivel mundial. La señora Laura Mountney contrajo matrimonio con el señor Bernard Ashley, de quien tomó su apellido y en adelante se llamó LAURA ASHLEY, marca que se identifica con el siguiente logo: “…”. Según obra en el expediente, la marca LAURA ASHLEY se encuentra registrada en distintos países desde al año de 1973 en Madrid, Arabia Saudita, Argentina … para distinguir productos de las Clases 24, 25, 26 y 27 Internacional. De la documentación allegada al expediente, así como de las declaraciones rendidas por algunas personas , se concluye con claridad que la marca LAURA ASHLEY es una marca amplia y notoriamente conocida en muchos países del mundo. El literal g) del artículo 58 de la Decisión 85 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, establece como causal de irregistrabilidad la de que sean confundibles con otras “notoriamente conocidas en el país o en el exterior”. UTILIZACION DE NOMBRES PROPIOS EN MARCAS – Prohibición / NOMBRES DE PERSONAS FALLECIDAS – Requiere consentimiento de los herederos: comprende nombre y apellido / NOMBRES REGISTRADOS – Irregistrabilidad como marca Otro aspecto de irregistrabilidad de marcas tiene que ver con los nombres, seudónimos, firmas y retratos de personas vivas, excepto con su consentimiento escrito; los nombres de personas fallecidas, salvo con el consentimiento de sus herederos…”. Según se informa en el expediente, la señora LAURA ASHLEY falleció el 17 de septiembre de 1985. Es decir, que cuando se solicitó el registro de

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