08001-23-31-000-2011-01419-01(AC)

ACCION DE TUTELA – Carencia actual de objetoDe la transcripción de la respuesta se advierte que se resolvió de fondo la solicitud presentada por el actor y que se le comunicó en legal forma, conforme se acredita con la copia de la planilla de correspondencia del Grupo Prestaciones Sociales del Ministerio de Defensa Nacional número 218 de 16 de diciembre de 2011, visible a folio 13 del expediente. No obstante lo anterior, conviene señalar que la impugnación presentada por el accionante refiere interrogantes no planteados en la petición inicial; por tanto, el Juez de tutela no puede realizar pronunciamiento alguno respecto de éstos (…) Con fundamento en la respuesta que dio la accionada al actor, que fue debidamente comunicada, se advierte que en el sub judice se está frente a un hecho superado surgido durante el trámite de la acción de tutela. De conformidad con lo previsto en el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 y ante la configuración de la carencia actual de objeto por hecho superado, procede declarar la cesación de la actuación, y no denegar el amparo al derecho fundamental, como se hizo en la sentencia que se objeta.FUENTE FORMAL : DECRETO 2591 DE 1991 – ARTICULO 26 CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION QUINTAConsejero ponente : MAURICIO TORRES CUERVOBogotá, veintitrés (23) de febrero de dos mil doce (2012)Radicación número: 08001-23-31-000-2011-01419-01(AC)Actor: LUIS ANTONIO ZAFRA MONTAÑEZDemandado: MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Decide la Sala la impugnación propuesta por la parte accionante contra la sentencia dictada el 12 de enero de 2012 por el Tribunal Administrativo del Atlántico que denegó el amparo al derecho de petición invocado en la acción de tutela ejercida por el señor Luis Antonio Zafra Montañez .I. ANTECEDENTES1.1. La solicitud.El señor Luis Antonio Zafra Montañez ejerció acción de tutela contra el Ministerio de Defensa Nacional – Coordinación Grupo de Prestaciones Sociales con el fin de que se protegiera su derecho fundamental de petición vulnerado porque su solicitud no fue respondida.

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