08001-23-31-000-2001-0587-01(AC-965)

ACCION DE TUTELA – Reconocimiento de cesantías parciales a docente / DOCENTE – Reconocimiento de cesantías parciales por vía de tutela / CESANTÍA PARCIAL – Reconocimiento a docentes / DERECHO DE PETICIÓN – Reconocimiento de cesantías parciales a docente En el asunto sub – exámine Oscar Luis Utria Angulo por intermedio de apoderado, pretende que mediante la acción de tutela, se protejan los derechos a la igualdad, petición, vida digna y a la dignidad humana, los cuales considera vulnerados por el Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio y Fiduciaria La Previsora S.A. Considera la Sala que la Fiduciaria La Previsora S.A., ha vulnerado el derecho del actor pues no ha respondido, ni menos tramitado su solicitud, ni le es permitido escudarse en la falta de disponibilidad presupuestaria, que no es requisito del derecho petición. Lo indicado es dar una contestación oportuna al interesado, que resuelva en el fondo sobre el derecho que se reclama, aunque no se satisfaga porque puede ser que no se tenga. El derecho de petición exige que se estudie el objeto de la solicitud y que se solucione el caso o se informe sobre su estado. Pero hay que aclarar que el derecho de petición es independiente de otros derechos involucrados en la solicitud. La liquidación y pago de la obligación laboral, como es la censantía parcial reclamada por el actor, es diferente al derecho de petición ejercitado. Bien puede suceder que no se tenga derecho a lo pedido, pero será necesario contestarlo así dentro de los plazos legales o reglamentarios. Estas son razones suficientes para que se revoque la providencia impugnada y en su lugar se tutele el derecho de petición, ordenando a la Fiduciaria la Previsora S.A, agotar el trámite que le corresponde en lo de su competencia, y luego dar traslado a la Coordinación del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio del Atlántico para que proceda de forma inmediata a resolver de fondo la petición del actor a quien se le deberá notificar la decisión correspondiente. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Consejero ponente: ROBERTO MEDINA LÓPEZ Bogotá D.C., veinticuatro (24 ) de agosto de dos mil uno (2.001). Radicación número: 08001-23-31-000-2001-0587-01(AC-965) Actor: OSCAR LUIS UTRIA ANGULO Demandado: FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES DEL MAGISTERIO A C C I O N D E T U T E L A

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