MANIFIESTO DE CARGA – Sanciones por exceso o defecto en la entrega de la mercancía / SANCION POR FALTA DE ENTREGA DE LA MERCANCIA – Exoneración por causas justificadas durante el transporte: cargue o descargue / MERMA DE LA MERCANCIA – Justificación en el trasiego y transporte La norma transcrita contempla dos conductas sancionables, a saber: i) la falta de entrega de la mercancía relacionada en el manifiesto de carga; y ii) la entrega de mercancía no relacionada en dicho manifiesto. Ambos eventos dan lugar a una multa equivalente al doble de los derechos de importación que correspondan a la mercancía dejada de entregar o entregada en exceso. Conforme a la misma disposición no hay lugar a la sanción cuando se pruebe que el faltante o el exceso obedecieron a errores o a causas justificadas en el cargue o descargue, o a caso fortuito o fuerza mayor ocurridos durante el transporte; hechos que deben ser probados durante los dos meses siguientes a la notificación de la resolución sancionatoria. Estos medios probatorios llevan a la Sala a concluir que no existió en realidad el faltante imputado al transportador y a su Agente Marítimo, sino una merma, perfectamente explicable por el trasiego y transporte del polvo de carbonato de sodio en camiones entre el muelle y la báscula del depósito. Dicha merma es una de las «causas justificadas» ocurridas en el descargue, a que alude el parágrafo 2° del artículo 43 del Decreto 2666 de 1984 como eximente de responsabilidad. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Consejero ponente: CAMILO ARCINIEGAS ANDRADE Bogotá D.C., seis de diciembre de dos mil uno (2001). Radicación número: 08001-23-31-000-1990-5976-01(6805) Actor: NAVES LIMITADA Referencia: AUTORIDADES NACIONALES Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la Unidad Administrativa Especial –Administración de Aduanas Local Barranquilla– contra la sentencia del 26 de julio de 2000, por la cual el Tribunal Administrativo del Atlántico acogió las súplicas de la demanda en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por NAVES LIMITADA contra los actos administrativos mediante los cuales la mencionada entidad le impuso una sanción.
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