05001-23-31-000-2003-02992-01(AP)

ESPACIO PUBLICO – Vulneración de derechos colectivos ante la omisión de la administración frente a vendedores ambulantes / VENDEDORES AMBULANTES – Ocupación del espacio público: Plaza de Caucasia El examen de los elementos de prueba antes reseñados permite concluir la evidente vulneración del derecho e interés colectivo al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público, derivada de la instalación de puestos de venta de comerciantes informales en la vía pública que circunda la plaza de mercado del municipio de Caucasia, situación ésta de ocupación indebida frente a la cual la administración municipal no ha actuado de manera diligente y eficaz. En efecto, resulta claro de los medios de prueba obrantes en la actuación que la vía pública se encuentra ocupada en gran parte por comerciantes informales ubicados a las afueras de la plaza de mercado, y que la alcaldía municipal de Caucasia, conocedora de esa situación desde ya hace mucho tiempo, ha desconocido sus competencias legales para la restitución de ese bien de uso público; de acuerdo con lo que se constata en la actuación, la administración municipal ha sido omisiva en la recuperación del espacio público, al punto que ha prolongado indefinidamente la definición de una querella policiva iniciada con ese propósito. En ese contexto, ante la demostración de la vulneración del derecho colectivo al goce del espacio público y de la defensa de los bienes de uso público, y de manera indirecta, de la seguridad pública, deberá revocarse la sentencia apelada, para en su lugar conceder el amparo solicitado y ordenar la adopción de las medidas administrativas correspondientes. 8. Ahora bien, esas medidas deben apuntar no sólo a la recuperación del espacio público sino también a brindar una solución a los vendedores ambulantes que ocupan el mismo, en orden a la protección de su derecho al trabajo el cual resultaría afectado como consecuencia de ese proceso de restitución.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejero ponente: RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETABogotá, D. C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil cinco (2005) Radicación número: 05001-23-31-000-2003-02992-01(AP)Actor: GILBERTO GRISALES ARANGO Y OTROSDemandado: MUNICIPIO DE CAUCASIAReferencia: APELACION SENTENCIALa Sala decide el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de 24 de junio de 2004, proferida por el Tribunal Administrativo de

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