ACTIVIDAD COMERCIAL – Comprende no solo las actividades consagradas en la Ley 14 de 1983 sino también las previstas en el Código de Comercio / ACTO MERCANTIL CONEXO – Son los actos de los comerciantes que se relacionan con las actividades o empresas mercantiles / EJERCICIO PROFESIONAL DE ACTIVIDAD MERCANTIL – Solamente es predicable de las personas naturales conforme al artículo 10 del Código de ComercioDentro de las actividades comerciales no sólo figuran las previstas en la Ley 14 de 1983, compilada en el Decreto 1333 de 1986, y la norma local que la acoge, sino las consagradas como tales en el Código de Comercio. Por su parte, la normatividad mercantil además de que enunció en su artículo 20 los actos que se consideran comerciales, precisó en el artículo 24 que la referida enumeración es declarativa y previó en su artículo 21 los llamados actos mercantiles conexos o por relación que son todos los actos de los comerciantes que se relacionan con las actividades o empresas mercantiles, dada la estrecha relación con éstas y los que ejecuta cualquier persona para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales. Ahora bien, el artículo 20 [5] del Código de Comercio califica como mercantiles, para todos los efectos legales, entre otros actos, la intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales. De tiempo atrás, la Sección ha reiterado que “el ejercicio profesional de actividades mercantiles, como factor determinante para adquirir la calidad de comerciante, sólo es predicable en relación con las personas naturales de acuerdo a lo previsto en el artículo 10 del Código de Comercio, quienes adquieren el status de comerciante por el ejercicio profesional de actos calificados como mercantiles.DIVIDENDOS EN EL ICA – Son gravados cuando se derivan de actividades propias del objeto social principal / INGRESOS NO ORIGINADOS EN EL OBJETO SOCIAL PRINCIPAL – También son gravados con el impuesto de industria y comercio / BASE GRAVABLE EN EL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO – Incluye los ingresos extraordinarios que no provienen del objeto social principal / INGRESOS POR DIVIDENDOS – Son gravados con el ICA / IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO – MedellínEs evidente, entonces, que la actora se constituyó para ejercer, entre otras actividades comerciales, la de inversión en sociedades (artículo 20 [5] del Código de Comercio). Por lo tanto, los dividendos obtenidos durante el año 1995, por $13.597.329.386, se encuentran gravados con el impuesto de industria y comercio, por tratarse de una actividad propia de su objeto social principal. Cabe anotar, como lo ha precisado la Sala, que de la definición de actividad comercial, prevista en el artículo 35 de la Ley 14 de 1983, no se puede concluir que los ingresos originados en actividades no consagradas en el objeto social principal de una empresa no hacen parte de la base gravable del impuesto de industria y comercio, pues el legislador no hizo distinción alguna entre los ingresos provenientes del cumplimiento del objeto social y los que no lo son. Por el contrario, la base gravable se liquida teniendo en cuenta la totalidad de los ingresos brutos del año anterior, dentro de los que se encuentran los ordinarios como los extraordinarios, sin perjuicio de las exclusiones legales.ACTO MERCANTIL – Incluye los actos realizados por una sociedad comercial en desarrollo de su objeto social / ACTO MERCANTIL CONEXO – Lo es la obtención de rendimientos financieros en desarrollo de actos y contratos para el cumplimiento del objeto social / RENDIMIENTOS FINANCIEROS – Al ser el fruto de las inversiones deben hacer parte de la base gravable del ICA / IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO – Medellín
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