ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA – CondenaRESPONSABILIDAD DEL ESTADO – Error judicial / ERORR JUDICIAL – Vinculación a proceso penal / PROCESO PENAL – Medida de aseguramiento consistente en cauciónCONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCIÓN TERCERASUBSECCIÓN AConsejero Ponente: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERABogotá, D.C.; veintisiete (27) de abril de dos mil dieciséis (2016)Radicación número: 85001-23-31-000-2008-00371-01 (39395)Actor: LUIS ORLANDO VEGA VEGADemandado: FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNReferencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTADecide la Sala el recurso de apelación formulado por la Fiscalía General de la Nación, contra la sentencia del 24 de junio de 2010, proferida por el Tribunal Administrativo de Casanare, que dispuso (se transcribe como aparece en el texto original):“1° DECLARAR a la Nación ( Fiscalía General ), administrativamente responsable por el error judicial en que incurrió al disponer la vinculación procesal, acusar y mantener afectado por la investigación penal al abogado LUIS ORLANDO VEGA VEGA, en las circunstancias que se indicaron en la motivación.“2° CONDENAR a la Nación (Fiscalía General) a pagar al demandante LUIS ORLANDO VEGA, a título de reparación de los perjuicios determinados en el proceso, los siguientes conceptos: por los morales, el equivalente a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales y, por los materiales, la reposición del valor presente de la caución prendaria, más los intereses legales que le habría producido la suma depositada, conforme se precisó en la parte considerativa.“4° Para la ejecución de esta sentencia se tendrá en cuenta lo señalado en los artículos 176 a 178 del CCA; las condenas causarán intereses moratorios a partir de su ejecutoria. “5° DENEGAR las demás pretensiones” 1. 1 Folios 105 y 106, cdno. ppal.
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