MEDIO DE CONTROL DE REPARACION DIRECTA – Apelación auto que negó decreto de pruebas / DECRETO DE PRUEBAS – Negado frente a prueba pericial y solicitud de oficiar a Registraduría Nacional del Estado Civil la entrega de copias de cédulas de ciudadanía / NEGATIVA DE DECRETO DE PRUEBAS – Por aportarse copias simples cuyo valor probatorio es procedente, y prescindir de prueba pericial para tasar daños inmateriales en virtud de la discrecionalidad dada por ley al juez para hacerloEn lo que tiene que ver con las copias simples conforme a la jurisprudencia unificada de esta Corporación, traída a colación, las mismas tienen pleno valor probatorio. De ahí que le asiste razón al a quo, en cuanto negó la solicitud de oficiar a la Registraduría Nacional del Estado Civil para que allegue copia auténtica de las cédulas de ciudadanía, con fundamento de que las mismas obran en el plenario, toda vez que fueron aportadas por la parte que las solicita. (…) Respecto del dictamen pericial solicitado, con el fin de que un experto valore el daño inmaterial causado a los demandantes con ocasión de la privación injusta de la libertad señor Evaristo Mena Rentaría, la providencia se mantendrá toda vez que, conforme a la jurisprudencia unificada de esta Corporación, los perjuicios inmateriales se valoran por el juez acudiendo a su arbitrio, sujeto a los parámetros jurisprudenciales, no así en lo que tiene que ver con los perjuicios materiales, los que se deben demostrar tanto en su causación como en su cuantía. De modo que por este aspecto la providencia será revocada.PRUEBAS – Deben ser allegadas regular y oportunamente al proceso para poder ser valoradas en el proceso e incluidas en decisión judicial – MEDIOS DE PRUEBA – Regulación normativa / El legislador ha previsto que toda decisión judicial debe fundarse en las pruebas regular y oportunamente allegadas al proceso, de la misma manera ha señalado como medios de prueba la declaración de parte, el juramento, el testimonio de terceros, el dictamen pericial, la inspección judicial, los documentos, los indicios y cualesquiera otros medios que sean útiles para la formación del convencimiento del juezPRUEBAS DOCUMENTALES – Allegadas en copia simple / PRUEBAS DOCUMENTALES EN COPIA SIMPLE – Pleno valor probatorio por surtirse en cumplimiento del principio de contradicción y defensa / VALOR PROBATORIO DE LAS COPIAS SIMPLES – Unificación jurisprudencialConforme a la jurisprudencia unificada por la Sala Plena de esta Corporación las copias tienen el mismo valor del original y en igual condición se valoran; sin perjuicio, en uno y otro caso de la contradicción y principios que rigen el convencimiento judicial.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION TERCERASUBSECCION BConsejera ponente: STELLA CONTO DIAZ DEL CASTILLO
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