ACTO ADMINISTRATIVO DEMANDABLE / ACTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION / DEVOLUCION DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO / INTERESES CORRIENTES Y MORATORIOS EN DEVOLUCION DE IMPUESTOSFUENTE FORMAL: CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTICULO 50 / CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTICULO 87 / CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTICULO 135 / CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL – ARTICULO 335CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejero ponente: JORGE OCTAVIO RAMIREZ RAMIREZBogotá D.C., diez (10) de febrero de dos mil dieciséis (2016)Radicación número: 25000-23-27-000-2011-00126-01(19633)Actor: CLINICA DEL COUNTRY S.A.Demandado: DISTRITO CAPITAL – SECRETARIA DE HACIENDA DISTRITAL – DIRECCION DE IMPUESTOSFALLOProcede la Sección a decidir los recursos de apelación interpuestos por la CLÍNICA DEL COUNTRY S.A. Y EL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ, contra la sentencia del 16 de febrero de 2012, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca –Sección Cuarta, Subsección B-, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda.ANTECEDENTES1. Hechos de la demanda1.1. La Sección Cuarta del Consejo de Estado profirió el 27 de agosto de 2009, sentencia dentro del proceso No. 250002327000200501747-01 Expediente 16881, mediante la cual ordenó la devolución de las sumas indebidamente pagadas por el impuesto de industria y comercio, y determinó
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