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SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR INFORMACION EXOGENA POR EL AÑO GRAVABLE 2011 / COMPETENCIA TEMPORAL DE LA DIAN PARA DEFINIR LA INFORMACION EXOGENA / PUBLICACION DE ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL / PUBLICACION EXTEMPORANEA DE RESOLUCIONES DE LA INFORMACION EXOGENAFUENTE FORMAL: ESTATUTO TRIBUTARIO – ARTICULO 631 PARAGRAFO 3NOTA DE RELATORIA: Sobre la vigencia de los actos administrativos se cita la sentencia de la Corte Constitucional C-957 de 1999, M.P. Álvaro Tafur GalvisNOTA DE RELATORIA: Sobre el requisito de la publicación de los actos administrativos de carácter general se cita la sentencia del Consejo de Estado, Sección Quinta, de 6 de agosto de 2009, Exp. 11001-03-28-000-2009-00005-00, C.P. María Nohemí Hernández PinzónCONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejero ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BARCENASBogotá D. C., veintiocho (28) de junio de dos mil dieciséis (2016)Radicación número: 11001-03-27-000-2012-00002-00(19230)Actor: SANTIAGO MEZA MAFLADemandado: DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIANFALLOLa Sala decide, en única instancia, la demanda interpuesta por el ciudadano Santiago Mesa Mafla para que se anulen las Resoluciones Nos. 11424, 11425, 11427 y 11429 del 31 de octubre de 2011, expedidas por la DIAN, que fijaron el contenido, los sujetos obligados, las características técnicas y los plazos para el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2011 por parte de las Cámaras de Comercio, las bolsas de valores y por los comisionistas de bolas, los Notarios y por el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998.I. ANTECEDENTES

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