05001-23-31-000-2008-01275-01(19529)

FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS / IMPUTACION Y COMPESACION DE SALDOS A FAVOR / CRUCE DE CUENTAS PARA EL PAGO DE LOS TRIBUTOS / COMPENSACION DE DEUDAS TRIBUTARUAS POR LA DIAN / DEUDORES Y ACREEDORES DE LA DIANFUENTE FORMAL: LEY 550 DE 1999 – ARTICULO 57 / DECRETO 2267 DE 2001 – ARTICULO 1 / DECRETO 2267 DE 2001 – ARTICULO 3 / DECRETO 2267 DE 2001 – ARTICULO 4 / DECRETO 2267 DE 2001 – ARTICULO 6 / ESTATUTO TRIBUTARIO – ARTICULO 816 / ESTATUTO TRIBUTARIO – ARTICULO 861NOTA DE RELATORIA: Sobre las deudas fiscales se cita la sentencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, de 25 de noviembre de 2010, Exp. 25000-23-27-000-2004-02015-01(16713) C.P. Hugo Fernando Bastidas BárcenasCONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejero ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BARCENASBogotá D.C., veinticinco (25) de febrero de dos mil dieciséis (2016)Radicación número: 05001-23-31-000-2008-01275-01(19529)Actor: NUTIFINANZAS S.A.Demandado: DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIANFALLOLa Sala decide el recurso de apelación interpuesto por las partes contra la sentencia del 3 de noviembre de 2011, proferida por el Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que resolvió:PRIMERO: DECLÁRASE LA NULIDAD parcial de las Resoluciones (sic) Devolución y/o Compensación No. 7848 del 13 de agosto de 2007, y Resolución No. 008 de 22 de mayo de 2008, expedidas por la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Medellín, en cuanto dispusieron una compensación, al resolver la solicitud de devolución del saldo a favor determinado por NUTIFINANZAS S.A. en la declaración de renta del periodo fiscal 2006, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia.

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