CE-SP-EXP2000-NCA051

CONTROL AUTOMATICO DE LEGALIDAD – Improcedencia porque el examinado no es acto de contenido general / CONTROL DE LEGALIDAD – Improcedencia frente al decreto 1550 de 1999 La Sala observa, a pesar de que el acto que se examina constituye un desarrollo del Decreto Legislativo Núm. 258 de 1999, expedido en cumplimiento de la función administrativa, pues se trata de actividad reglamentaria, que dicho acto no es, sin embargo, de contenido general, ya que se limita a indicar los nombres de las entidades oficiales habilitadas para recibir donaciones con destino a la rehabilitación de la Zona del Eje Cafetero. Dado que el control automático de legalidad que estructura el artículo 20 de la Ley 137 de 1994 versa sobre “las medidas de carácter general”, entendidas éstas como actos de contenido general, habrá de concluirse que, por cuanto el acto examinado se limita a indicar los nombre de las entidades oficiales en donde deben depositarse las donaciones con destino a la reconstrucción del Eje Cafetero, lo cual no constituye una situación jurídica general, el conocimiento de legalidad de dicho acto queda comprendido en los términos del predicho artículo 20. CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Consejero ponente: MANUEL SANTIAGO URUETA AYOLA Bogotá, D.C., once (11) de septiembre de dos mil (2000) Radicación número: CA-051 Actor: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Revisa la Sala Plena la legalidad del Decreto número 1550 de 20 de agosto de 1999, “Por el cual se reglamenta el artículo 2° del Decreto Legislativo de 258 de 1999”, remitido por la Presidencia de la República para que de realice el control previsto en el artículo 20 de la Ley 137 de 1994. I.- El texto del decreto “DECRETO NUMERO 1550 DE 20 DE AGOSTO DE 1999 “Por el cual se reglamenta el artículo 2° del decreto Legislativo 258 de 1999 “EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA “En ejercicio de las facultdes que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución política

Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.