EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS – Acción de reparación directa. Jurisdicción. Competencia / JURISDICCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA – Acción de reparación directa. Empresa de servicios públicos / EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS – Hecho extracontractual / HECHO EXTRACONTRACTUAL – Empresa de servicios públicos. Jurisdicción. Competencia / JURISDICCION ORDINARIA – Empresa de servicios públicos domiciliarios. Hecho extracontractualComo se observa que la acción de reparación directa se promovió contra una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios, esto es, contra las Empresas Públicas de Medellín. E. S. P. se declarará la nulidad de lo actuado a partir del auto que admitió la demanda y, en consecuencia , se ordenará su remisión a la justicia ordinaria – para que avoque el conocimiento del proceso. Así las cosas, como quiera que en el caso sub-examine también se discute la responsabilidad extracontractual de una empresa prestadora de servicios públicos, cuyo daño no tiene relación con las funciones administrativas de ésta, la jurisdicción ordinaria debe ser la encargada de examinar la conducta que le imputan a la Administración. Nota de Relatoría: Ver antecedentes sobre hechos extracontractuales: Autos proferidos por la Sección Tercera:el 29 de abril de 1999, expediente 15.615. y de 31 de agosto de 2000, expediente 17.680CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION TERCERAConsejera ponente: MARIA ELENA GIRALDO GOMEZBogotá D. C., treinta (30) de marzo de dos mil seis (2006) Radicación número: 70001-23-31-000-1998-00813-01(26930)Actor: LUZ HELENA VELEZ DE PEREZ Y OTROSDemandado: EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN- E. S. P. Referencia: APELACION SENTENCIAA. Encontrándose el proceso para decidir recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 7 de noviembre de 2003, mediante la cual el Tribunal Administrativo de Antioquia negó las súplicas de la demanda, la Sala advierte la ocurrencia de hecho constitutivo de nulidad procesal insaneable por falta de competencia, y así la declarará.
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