PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONGRESISTA – No se configura tráfico de influencias / TRAFICO DE INFLUENCIAS – Designación de familiares en UTL / REPRESENTANTE A LA CAMARA – No se probó causal de tráfico de influencias / UNIDAD DE TRABAJO LEGISLATIVO – Prohibición de designar parientes Advierte la Sala que en las designaciones de la señora madre y hermano del demandado en las Unidades de Trabajo Legislativo de los representantes ya mencionados y el supuesto cruce de la designación de la señora ANA FELISA GARCÍA RODRÍGUEZ en la Unidad de Trabajo Legislativo de JACOBO RIVERA GÓMEZ, a cambio de la designación de HERLY LUCERO RIVERA GÓMEZ en la Unidad de Trabajo Legislativo del demandado, nombramientos que, se repite, corresponden única y exclusivamente a la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes, no hubo ningún tráfico de influencias frente a la autoridad nominadora, no solo porque de la misma hacen parte congresistas, sino porque los indicios que el demandante invoca en contra del demandado como prueba de su indebido proceder, tales como el paisanaje y la misma filiación política de sus colegas, que por demás tampoco conducen a nada, se predican respecto de los congresistas postulantes, que, se reitera, no fueron los nominadores. El anterior razonamiento es suficiente para estimar como no probada la causal de tráfico de influencias; sin embargo, tal como la Sala lo había enunciado, del conjunto de pruebas que obran en el expediente en relación con cada uno de los asistentes mencionados, no se desprende siquiera que el demandado haya invocado o se haya prevalido de su condición de representante a la Cámara para lograr la designación de sus parientes en las Unidades de Trabajo Legislativo de los representantes también mencionados, ni que la designación de HERLY LUCERO RIVERA GÓMEZ en su propia Unidad de Trabajo Legislativo, se hubiera hecho a cambio del nombramiento de su señora madre en la Unidad de Trabajo Legislativo de JACOBO RIVERA GÓMEZ, hermano de ésta última. NOTA DE RELATORIA: Sentencias AC-3640 de 30 de julio de 1996; AC-11349 de 28 de noviembre de 2000, Sala Plena. PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONGRESISTA – No se configura indebida destinación de dineros públicos / INDEBIDA DESTINACION DE DINEROS PUBLICOS – Cesión de pasaje aéreo / REPRESENTANTE A LA CAMARA – No hubo indebida destinación de dineros públicos Las anteriores pruebas llevan a la inobjetable conclusión de que en relación con la cesión del pasaje por parte del demandado no hubo una indebida destinación de dineros públicos, porque, en primer lugar, la cesión fue autorizada por el Secretario General de la Cámara de Representantes, “debido a que ya pasaron nueve (9) meses de la expedición del mismo y para nada afecta a la Cámara su utilización”, y en segundo término, el pasaje no fue utilizado, prueba de lo cual es que obra en el expediente, con lo que se evidencia que no hubo desmedro de los dineros públicos. Dada, entonces, la contundencia de las pruebas, el cargo formulado en contra del demandado carece de fundamento. NOTA DE RELATORIA: Sentencias AC-2102 de 19 de octubre de 1994, AC-9877 de 30 de mayo de 2000, Sala Plena. PERDIDA DE LA INVESTIDURA – Tacha de testigo / TACHA DE TESTIGO – Oportunidad para resolverla frente a testigo sospechoso y testigo inhábil / TACHA DE INHABILIDAD – Testigo / TESTIGO – Tacha por sospecha o por inhabilidad / TESTIGO SOPECHOSO – Valoración probatoria
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