PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE REPRESENTANTE – Improcedencia porque acusación no contiene circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre hechos imputados / INDEBIDA DESTINACIÓN DE DINEROS PÚBLICOS – No se configuró causal frente a representante acusado Las acusaciones formuladas en el escrito de solicitud de pérdida de investidura no tienen vocación de prosperidad porque de las pruebas aportadas por la demandante no puede desprenderse nada distinto de que la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes, con la intervención del Representante Sergio Cabrera Cárdenas, en calidad de Segundo Vicepresidente, impartió las autorizaciones necesarias para la adquisición de bienes y/o servicios destinados al desempeño de su labor y en el expediente no obra prueba alguna que demuestre lo contrario. Cosa distinta, que no es motivo de análisis en este juicio, es la referida a la ejecución de esas autorizaciones, dentro de la cual, puede afirmarse, al no haberse demostrado lo contrario, no intervino el Representante Sergio Cabrera Cárdenas, ni menos aún fue ordenador del gasto, Las anteriores consideraciones llevan a la Sala Plena a la conclusión de que las acusaciones formuladas por Marco Antonio Urrea contra Sergio Fausto Cabrera Cárdenas, como Representante a la Cámara, por no contener las circunstancias de tiempo, modo y lugar sobre la ocurrencia de los hechos imputados, no tienen vocación de prosperidad, razón por la cual se negará la solicitud de que se decrete la pérdida de su investidura. CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Consejero ponente: MANUEL SANTIAGO URUETA AYOLA Bogotá, D. C., diecisiete (17) de abril de dos mil uno (2001) Radicación número: AC-11749 Actor: Marco Antonio Urrea Demandado: SERGIO FAUSTO CABRERA CÁRDENAS La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado decide, en sentencia de única instancia, la solicitud que, en ejercicio de la acción pública consagrada en el artículo 184 de la Constitución Política, ha promovido Marco Antonio Urrea, tendiente a que se declare la pérdida de la investidura de congresista que ostenta como Representante a la Cámara, elegido para el período constitucional 1998–2002. I. LA SOLICITUD
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