PENSION GRACIA – Reconocimiento, improcedente / CADUCIDAD DE LA ACCION DISCIPLINARIA – No se aplica el artículo 7° del Decreto 2480 de 1986, por cuanto no contempla la situación especialísima de la prensión gracia / RECONOCIMIENTO PENSION GRACIA – Exige necesariamente el haber observado buena conducta Mediante la resolución enjuiciada, la Subdirectora de Prestaciones Económicas de la Caja Nacional de Previsión, negó el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación solicitada por el actor, como quiera que mediante decreto 101 de 25 de febrero de 1.970 se ordenó la suspensión provisional del actor, por 90 días, de la dirección en la Escuela Urbana por observar mala conducta. Lo que se discute en este proceso se circunscribe a establecer si el actor a pesar de haber sido suspendido en el ejercicio de sus funciones por 90 días por mala conducta, tiene derecho al beneficio de la pensión gracia. De conformidad con el artículo 4 de la Ley 114 de 1.913 para gozar de la gracia de la pensión será preciso que el interesado compruebe: “4º. Que observe buena conducta”. La buena conducta a la que se refiere la norma en comento hace relación a todo el tiempo de desempeño en la docencia, puesto que se trata de un estímulo a los educadores, entre otras razones por su buen comportamiento y dedicación. No es viable la aplicación del artículo 7 del Decreto 2480 de 1.986, que se refiere a la caducidad de la acción disciplinaria y a la prescripción de la sanción impuesta al docente, puesto que la norma no contempla la situación especialísima de la pensión gracia. En este orden de ideas, fuerza concluir que como el actor fue suspendido por 90 días por mala conducta, es evidente que no tiene derecho al otorgamiento de la pensión gracia puesto que no se reúne uno de los requisitos de que trata el artículo 4 de la Ley 114 de 1.913. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION “B” Consejero ponente: CARLOS ARTURO ORJUELA GONGORA Santafé de Bogotá, D.C., junio veintinueve (29) de dos mil (2.000).- Radicación número: 16858/468/2000 Actor: HUMBERTO LEONCIO VACA VACA.- Demandado: CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL Referencia: AUTORIDADES NACIONALES.-
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