CE-SEC2-EXP2000-N16114

ASIGNACION DE RETIRO DE LA ARMADA NACIONAL – Fecha de causación / FUERZAS MILITARES – Derecho a prestaciones sociales de miembros separados en forma absoluta del servicio antes de 1972 Si el retiro en forma absoluta de la Armada Nacional del demandante se produjo en 1970, es desacertado pretender que el reconocimiento de su asignación de retiro se efectúe desde aquella fecha, ya que en el momento en que nació el derecho a percibir tal prestación, la disposición legal que gobernaba este aspecto laboral, estatuía que su reconocimiento debía efectuarse desde la fecha en que se consagró el mismo, pues como se dijo, fue voluntad del legislador otorgar al personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional que antes del 01 de enero de 1972 habían sido separados en forma absoluta del servicio, el derecho a percibir las prestaciones sociales a que se hubieran hecho acreedores, pero sólo a partir de esa fecha y no desde el momento en que se produjo su desvinculación. AJUSTE DE PRESTACIONES RECONOCIDAS POR LA ADMINISTRACION-Improcedencia porque el artículo 178 del C.C.A. sólo se aplica a condenas judiciales Encuentra la Sala que la administración al fijar el monto de la asignación de retiro observó lo ordenado en el artículo 169 del Decreto 1211 de 1990 y que lo dispuesto en él, así como en los Artículos 173 y 175 ibídem, como ya se dijo, no constituye soporte jurídico válido para decretar el ajuste del valor de la misma en sede jurisdiccional, con base en los índices de precios al consumidor certificados por el DANE, como se impetra en la demanda, pues en esos artículos no se prevé tal ajuste, como sí autoriza hacerlo el artículo 178 del C.C.A., cuando la misma jurisdicción contencioso administrativa, a través de una sentencia, condena a una entidad oficial al pago de una suma de dinero. NOTA DE RELATORIA: Menciona la sentencia de 25 de noviembre de 1999, Exp. 3799, Ponente: Dra. ANA MARGARITA OLAYA FORERO. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SUBSECCION “A” Consejero ponente: NICOLAS PAJARO PEÑARANDA Santafé de Bogotá, D.C, once (11) de mayo de dos mil (2000) Radicación número: 16114 Actor: FELIX HERNAN RODRÍGUEZ VILLANUEVA Demandado: CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES AUTORIDADES NACIONALES

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