HABILITACION DE EMPRESAS DEL SERVICIO PUBLICO O TAXIS – Facultad de delegación / SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE METROPOLITANO DE TAXIS – Habilitación de empresas / SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Revoca suspensión / TAXIS / HABILITACION DE EMPRESAS En los actos acusados se invocan como sustento para su expedición, entre otras normas, los artículos 91 y 93 de la Ley 136 de 1994 y 7º del Decreto Reglamentario 1553 de 1998, que no fueron indicados como quebrantados en la demanda, lo cual pone de manifiesto la necesidad de confrontar su contenido y alcance en orden a dilucidar la controversia planteada. De la misma manera se hace indispensable analizar el texto de las disposiciones de las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996, y sus Decretos Reglamentarios, que regulan la materia del servicio público de transporte, en forma coordinada y armónica con la Ley 128 de 1994, con miras a establecer cuándo un asunto relacionado con la prestación del mismo debe ser asumido por las autoridades metropolitanas o por las del orden municipal. Como ello entraña un estudio de fondo, impropio de efectuar en esta etapa inicial del proceso, es del caso revocar el proveído recurrido para disponer, en su lugar, la denegatoria de la medida de suspensión provisional. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Consejero ponente: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO. Bogotá, D.C., siete (7) de septiembre del dos mil (2000). Radicación número: 6324 y 6325. ACTORA: AREA METROPOLITANA CENTRO OCCIDENTE. Referencia: RECURSOS DE APELACIÓN Se deciden los recursos de apelación oportunamente interpuestos por el INSTITUTO MUNICIPAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE DOSQUEBRADAS y la EMPRESA TRANSPORTES DE COLECTIVOS Y TAXIS S.A. COLTAX S.A., contra el proveído de 18 de febrero del 2000, proferido por el Tribunal Administrativo de Risaralda, que decretó la suspensión provisional del Decreto núm. 366 de 17 de septiembre de 1999, expedido por la Alcaldía de Dosquebradas, “ Por el cual se delega la competencia para otorgar la habilitación de operación a las empresas interesadas en prestar el servicio público
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