CE-SC-RAD2004-N1547

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – Subcuenta de promoción de la salud: destinación de recursos. Programas de promoción y prevención masivos / SUBCUENTA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD – Destinación de recursos. Programas de promoción y prevención masivos / CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – CompetenciasDe conformidad con los principios de universalidad, eficiencia, solidaridad, integralidad, unidad, participación y a las reglas de equidad, obligatoriedad y protección integral, a los cuales está sujeto el Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud puede destinar recursos de la subcuenta de Promoción de la Salud para desarrollar programas de promoción y prevención masivos, de alto impacto en salud pública, orientados a proteger a la totalidad de la población, incluida la adquisición de insumos críticos, biológicos e insecticidas, conforme a las prioridades establecidas por las autoridades competentes de salud.NOTA DE RELATORÍA : Autorizada la publicación con oficio 0549 de 1° de abril de 2004.CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVILConsejero ponente: FLAVIO AUGUSTO RODRÍGUEZ ARCEBogotá D.C., diecisiete (17) de marzo de dos mil cuatro (2004)Radicación número: 1547 Actor: MINISTRO DE PROTECCIÓN SOCIALReferencia: Sistema General de Seguridad Social en Salud. Subcuenta de promoción de la salud. Destinación de recursos de la misma para programas de promoción y prevención masivos.El señor Ministro de la Protección Social, con ocasión de inquietudes expresadas por la Contraloría General de la República sobre el tema, formula a la Sala la siguiente Consulta:“1.- ¿El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud puede destinar recursos de la subcuenta de Promoción de la Salud para desarrollar programas de promoción y prevención masivos, de alto impacto en salud pública, orientados a proteger a la totalidad de la población, en conjunto con los recursos apropiados por el Ministerio de la Protección Social, y adquirir en tal virtud, insumos críticos, biológicos e insecticidas, entre otros?2.- De no ser así; ¿qué población deberá beneficiarse de las acciones adelantadas con los recursos de la Subcuenta de Promoción y Prevención?3.- ¿Podrían las acciones adelantadas con recursos de dicha subcuenta coincidir con aquellas adelantadas por el Plan de Atención Básica, PAB?

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