CE-SC-RAD2001-N1020

FONDO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA RAMA JUDICIAL – Contratación directa para adquirir bienes destinados a la seguridad / CONTRATACIÓN DIRECTA – Bienes destinados a la seguridad. Rama judicial / SEGURIDAD NACIONAL – Adquisición de bienes por el Fondo de Seguridad Social de la Rama judicial Al Fondo de Seguridad de la Rama Judicial y del Ministerio Público no se le aplica el régimen de contratación directa del llamado “material de guerra o reservado”, que establecía el artículo 259 del decreto ley 222 de 1983, por cuanto éste fue derogado por el artículo 81 de la ley 80 de 1993. Fondo de Seguridad de la Rama Judicial y del Ministerio Público no puede contratar directamente los bienes que necesite adquirir y las obras que deba realizar, con base en lo dispuesto por los decretos 2273 de 1991 y 2161 de 1992. La remisión que hacía el artículo 3º del decreto 1855 de 1989, adoptado como legislación permanente por el primeramente enunciado, al artículo 259 del decreto ley 222 de 1983, vino a quedar sin efectos al ser derogado este último.El Fondo de Seguridad de la Rama Judicial y del Ministerio Público, en desarrollo de sus funciones, puede contratar directamente como bienes y servicios destinados a la seguridad nacional, los contemplados en los numerales 3, 4, 6, 7, 8, 10 y 12 del artículo 4º del decreto 855 de 1994. No es posible asimilar todos los bienes y servicios contratados por el Fondo de Seguridad de la Rama Judicial y del Ministerio Público, como de defensa y seguridad nacional, sino tan sólo aquellos a los que se refieren los numerales indicados en el punto anterior. NOTA DE RELATORIA: Levantada su reserva con auto de 10 de diciembre de 2001 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL Consejero ponente: CÉSAR HOYOS SALAZAR Santa fe de Bogotá, D.C., treinta (30) de octubre de mil novecientos noventa y siete (1997) Radicación número: 1020 Actor: MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO Referencia : FONDO DE SEGURIDAD DE LA RAMA JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PUBLICO. Sistema de contratación directa para la adquisición de bienes destinados a la seguridad. La Ministra de Justicia y del Derecho, doctora Almabeatriz Rengifo López, formula a la Sala la siguiente consulta :

Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.