CE-SC-RAD2000-N1306

DEROGACION DE LA LEY – Casos / PERDIDA DE FUERZA EJECUTORIA – Acto administrativo adoptado con base en ley que resulta derogada Finalmente, debe advertirse que la derogación de las leyes ocurre cuando una ley nueva expresamente deja sin vigencia normas anteriores, y también cuando la ley nueva contiene disposiciones incompatibles o que no pueden conciliarse con las de la ley anterior. En cuanto a los actos administrativos de carácter general adoptados con base en una ley que resulta derogada, tal derogación de su fundamento de derecho produce la pérdida de su fuerza ejecutoria. Si la nueva ley modifica una norma anterior, el contenido de la nueva ley prevalecerá sobre el acto administrativo general que por vía reglamentaria la desarrolla, y por consiguiente éste se aplicará en lo que no resulte incompatible con la nueva ley. NOTA DE RELATORIA: Autorizada su publicación con oficio 12324 de 11 de diciembre de 2000. DISTRITOS DE MANEJO INTEGRADO – Creación y plan de manejo integral La ley 99 de 1993 no derogó el fundamento legal previsto en el decreto 2811 de 1974 sobre creación de distritos de manejo integrado de los recursos naturales renovables, DMI, y en consecuencia tampoco se afecta la vigencia de los numerales 2º y 5º, artículo 6º del decreto 1974 del 14 de agosto de 1989, en lo referente a la exigencia de aprobación por parte del Gobierno Nacional de los actos administrativos mediante los cuales las corporaciones autónomas regionales crean dichos distritos y su plan de manejo integral, competencia que le corresponde al Ministerio del Medio Ambiente por mandato de la ley. Debe además tenerse en cuenta que otras actividades cumplidas en los distritos mencionados, deben ser objeto de aprobaciones complementarias, según se señala en la parte motiva de esta consulta. NOTA DE RELATORIA: Autorizada su publicación con oficio 12324 de 11 de diciembre de 2000. CON S E J O D E E S T A D O Sala de Consulta y Servicio Civil Consejero ponente: LUIS CAMILO OSORIO ISAZA Bogotá, D.C, noviembre dieciséis del año dos mil (2000) Radicación número: 1306 Actor: MINISTRO DEL MEDIO AMBIENTE Referencia: Distritos de manejo integrado de los recursos naturales renovables, DMI. Procedimiento para su creación y su plan de manejo integral. El señor Ministro del Medio Ambiente, formula a la Sala consulta relacionada con el trámite para la creación de distritos de manejo integrado de recursos naturales renovables, conforme a la siguiente pregunta:

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