INSTITUTO DE HIDROLOGIA METEOROLOGIA Y ESTUDIOS AMBIENTALES “IDEAM” – Por traslado de funciones del HIMAT, no le deben transferir inmuebles / INSTITUTO DE METEOROLOGIA, HIDROLOGIA Y ADECUACION DE TIERRAS “HIMAT” – Traslado de funciones al IDEAM, no implica transferencia de inmuebles El parágrafo 2º, artículo 17 de la ley 99 de 1993 al establecer que se debe trasladar al IDEAM “toda la información, medios de transporte, infraestructura y equipos hidrológicos y meteorológicos, instalaciones y demás elementos de que actualmente dispone el HIMAT relacionados con sus actividades hidrológicas y meteorológicas”, no hace referencia a las áreas de los inmuebles destinados a la dirección y funciones administrativas (incluidas planeación, jurídica, sistemas, biblioteca, servicios generales, etc,) porque éstas pertenecen al INAT y el legislador no ordenó su transferencia. Sin perjuicio de lo anterior, las entidades que comparten un mismo inmueble deben lograr acuerdos o convenios que les permitan utilizarlos en forma razonable, bajo la consideración de que su autonomía, debe operar en función de los cometidos estatales de eficiencia administrativa y en armónica colaboración entre ellas. NOTA DE RELATORIA: Autorizada su publicación con oficio de 17 de julio de 2000. C O N S E J O D E E S T A D O Sala de Consulta y Servicio Civil Consejero Ponente: LUIS CAMILO OSORIO ISAZA Santa Fe de Bogotá, D.C., doce (12) de abril de dos mil (2000) Radicación Número: 1268 Actor: MINISTRO DEL MEDIO AMBIENTE Referencia : Reasignación de funciones y transferencia de bienes y de elementos, información y archivos relacionados con actividades hidrológicas y meteorológicas del HIMAT (hoy INAT) al IDEAM. Alcance del parágrafo 2º del artículo 17 de la ley 99 de 1993. El señor Ministro del Medio Ambiente doctor Juan Mayr Maldonado, formula a la Sala la siguiente consulta: “ El parágrafo 2º del artículo 17 de la ley 99 de 1993 al establecer que se debe trasladar al IDEAM “toda la información, medios de transporte, infraestructura y equipos hidrológicos y meteorológicos, instalaciones y demás elementos de que actualmente dispone el HIMAT relacionados con sus actividades hidrológicas y meteorológicas”, ¿incluye las áreas administrativas y técnico administrativas en donde adelantaba algunas labores de hidrometereología además de aquellas propias de la administración
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