76001-23-31-000-2006-03429-01(AC)

LICENCIA DE CONDUCCION – Invulneración del derecho de petición al informarse sobre causas de exclusión en página webEl Tribunal Administrativo del Valle del Cauca mediante sentencia de 20 de octubre de 2006 tuteló el derecho de petición y le ordenó a la Secretaría de Transito y Transporte de Tulúa, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas resolviera las peticiones de la actora. Una vez notificada la sentencia a la Directora del DATT, impugnó la decisión anterior y sostuvo que la licencia de conducción 76834-0065741 de FABIÁN RÍOS no se encuentra en la página «web» del Ministerio de Transporte por tratarse de una licencia falsa, pues en el archivo de la entidad no existen los documentos soporte del usuario como la copia de la cédula, foto entre otros, y se han detectado hasta cinco (5) licencias con el mismo número de identificación. Por lo anterior, considera la Sala que la Administración cumplió con lo ordenado en la sentencia al dar respuesta a la peticionaria y satisfacer su solicitud. Lo anterior, teniendo en cuenta que la actora pidió se le informara las razones por las cuales la licencia de conducción 76834-0065741 de FABIÁN RÍOS «no aparece en la sección de activas de la página «web» del Ministerio de Transporte». Se confirmará la sentencia.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejero ponente: CAMILO ARCINIEGAS ANDRADEBogotá D.C., ocho (8) de febrero de dos mil siete (2007)Radicación número: 76001-23-31-000-2006-03429-01(AC)Actor: NIDIA RIOS BUITRAGODemandado: MINISTERIO DE TRANSPORTE Y LA SECRETARIA DE TRANSITO DE TULUAReferencia: ACCION DE TUTELASe decide la impugnación interpuesta por la demandada contra la sentencia de 20 de octubre de 2006, mediante la cual el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca tuteló el derecho de petición.I. ANTECEDENTES1. LA SOLICITUD

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