76001-23-31-000-2003-0865-01(ACU)

ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO – Improcedencia para hacer cumplir providencia judicial / PROVIDENCIA JUDICIAL – Improcedencia de la acción de cumplimiento para hacer cumplir resolución proferida por fiscal / RESOLUCIÓN DE PRECLUSIÓN DE INVESTIGACIÓN – NaturalezaEn este caso no se pretende el cumplimiento de una ley ni de un acto administrativo sino de una decisión judicial. En efecto, el artículo 179 del Decreto 2700 de 1991, norma vigente al momento de expedirse la Resolución Interlocutoria número 25 de 1999, señalaba que las resoluciones proferidas por los fiscales en el curso del proceso penal son providencias judiciales, al igual que los autos y las sentencias. El carácter judicial de la resolución de preclusión de la investigación y cesación de procedimiento no sólo se adquiere porque el Código de Procedimiento Penal la define como una providencia judicial sino también porque es proferida en el curso del proceso penal, por una autoridad que administra justicia y en desarrollo del ius punendi del Estado . Luego, es claro que la decisión cuyo cumplimiento se reclama no es una norma sino una decisión judicial. Así las cosas, es claro que la acción de cumplimiento objeto de estudio resulta improcedente porque, como se vio en precedencia, esta acción solamente procede si se trata de hacer efectivos los deberes jurídicos que se imponen en las normas con fuerza material de ley o en actos expedidos en ejercicio de la función administrativa.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCIÓN QUINTAConsejero ponente: DARÍO QUIÑONES PINILLA Bogotá, D.C., trece (13) de mayo de dos mil cuatro (2004)Radicación número: 76001-23-31-000-2003-0865- 01(ACU)Actor: BEATRIZ HINCAPIE DUQUEDemandado: MUNICIPIO DE CALI – SECRETARIA DE HACIENDA Procede la Sala a decidir la impugnación presentada contra la sentencia dictada el 5 de diciembre de 2003 por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, mediante la cual declaró improcedentes las pretensiones formuladas por la señora Beatriz Hincapié Duque, en ejercicio de la acción de cumplimiento. I – ANTECEDENTES1. LA SOLICITUDA. PRETENSIONES

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