76001-23-25-000-2000-2538-01

CONCILIACION JUDICIAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – Requisitos, aprobación / REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO – Aprobación de conciliación judicial: requisitosEste Acuerdo reúne las exigencias establecidas en las normas transcritas, según se desprende de los documentos allegados y de los antecedentes del proceso que a continuación se relacionan: -El 30 de agosto de 2000, la actora formuló demanda en acción de nulidad y restablecimiento de derecho ante el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca contra los actos administrativos de la DIAN que le impusieron una sanción por SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS ($769’187.560), por incumplimiento al régimen de tránsito aduanero. -Dentro del proceso no se ha proferido sentencia de segunda instancia. -La solicitud de conciliación se formuló el 22 de junio de 2004 ante la DIAN. -Según el Recibo Oficial de Pago de Impuestos Nacionales de 17 de junio de 2004, la actora pagó a la DIAN el valor de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS ($384’593.780,oo), correspondientes al 50% de la sanción impuesta. -La fórmula conciliatoria se suscribió y aprobó por el Comité de Defensa Judicial y Conciliación de la DIAN el 27 de julio de 2004. -Reunidos como están los requisitos establecidos por los artículos 38 de la Ley 863 de 2003 y 1º y 3º del Decreto 412 de 2004, considera la Sala que procede la aprobación del Acuerdo Conciliatorio, dar por terminado el proceso y ordenar la devolución del expediente al Tribunal de origen.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejero ponente: CAMILO ARCINIEGAS ANDRADEBogotá D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil cuatro (2004)Radicación número: 76001-23-25-000-2000-2538-01Actor: AMERICAN AIRLINES INC. SUCURSAL COLOMBIANADemandado: LA NACIÓN – DIANReferencia: CONCILIACIONMediante escrito de 30 de julio de 2004, los apoderados de las partes solicitaron la aprobación del Acuerdo Conciliatorio celebrado y aprobado por el Comité de Defensa Judicial y Conciliación de la DIAN, según consta en el Acta 109 de 27 de julio de 2004 y, como consecuencia, que se declare terminado el presente proceso.

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